Diario de León

El Supremo reconoce que los profesores de Religión deben ser indemnizados

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Europa Press | madrid

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los profesores de Religión a «percibir la indemnización legal establecida por finalización del contrato». En la primera demanda en el TSJV, el sindicato reclamó la nulidad de la cláusula novena de los contratos de trabajo suscritos entre la Consellería de Educación valenciana y este colectivo, para reconocerles el derecho a percibir la indemnización legal establecida por finalización de contrato, en la cuantía prevista en el Estatuto de los Trabajadores. La sentencia estimó parte de la demanda y declaró la nulidad solicitada cuando el contrato se extinga al final del curso escolar sin renovación del contrato, reconociendo el derecho de los profesores de Religión afectados a percibir indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio. El Supremo recuerda en su sentencia la «peculiar» naturaleza de la relación laboral ya que dependen de la Santa Sede y del Gobierno.

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