Los ayuntamientos estarán obligados a delimitar su suelo en función del ruido existente
Un reglamento prohibirá construir junto a autovías y aeropuertos
La contaminación acústica afecta a más del 20 por ciento de las viviendas españolas
La contaminación acústica es causa de preocupación en la actualidad en todos los países industrializados ya que produce molestias y efectos negativos sobre la salud pública y el medio ambiente, y supone una significativa reducción de la calidad de vida de los ciudadanos. Para hacer frente a los perjuicios causados por el ruido, el Ministerio de Medio Ambiente ha presentado a los consejeros de Medio Ambiente de las Comunidades Autónomas el Reglamento que viene a completar la Ley del Ruido (2003) y el Real Decreto (2005), cuya finalidad era abordar un tratamiento generalizado de la contaminación acústica, con especial atención a la actuación preventiva, la planificación acústica en la ordenación territorial y la incorporación de los conceptos de evaluación y gestión del ruido ambiental. La nueva norma tiene como objetivo básico, además de asegurar unos mínimos comunes de calidad acústica en el ámbito estatal, la elaboración de mapas estratégicos del ruido que permitirán evaluar globalmente la exposición al ruido de una determinada zona, teniendo en cuenta las actividades económicas que se desarrollan, así como criterios de densidad de población y proximidad. Según se recoge en el articulado, en la planificación general territorial y en el planeamiento urbanístico se deberá incluir la zonificación acústica del territorio en áreas acústicas de acuerdo con lo fijado en la Ley. Las áreas acústicas se clasificarán, en atención al uso predominante del suelo, estableciéndose varios tipos: industrial, residencial, sanitario, recreativo, docente, uso recreativo y terciario, en cada uno de los cuales el ruido admitido será diferente. Los ayuntamientos estarán obligados a delimitar su suelo en función del ruido y, por ejemplo, en las zonas más ruidosas sólo se podrán ubicar polígonos industriales y nunca urbanizaciones. Aunque la normativa no será aplicable a las ciudades ya construidas, obliga a elaborar planes para reducir la contaminación acústica, que afecta a más de la quinta parte de las viviendas, según se afirma desde el Instituto Nacional de Estadística. La delimitación de las áreas acústicas queda sujeta a revisión periódica, que deberá realizarse, como máximo, cada diez años desde la fecha de su aprobación. Como objetivo de calidad acústica, también se fijan unos valores límite para la no superación en el espacio interior de las edificaciones destinadas a vivienda, usos residenciales, hospitalarios, educativos o culturales, de los correspondientes valores de los índices de inmisión de ruido y de vibraciones establecidos. Mapas sonoros Las localidades de 100.000 a 250.000 habitantes disponen de cinco años para elaborar los mapas de ruido, mientras que las de mayor población tienen de plazo hasta julio del próximo año y tendrán un año más para implantar medidas correctoras. En las zonas de hospital los niveles acústicos no podrán superar los 55 decibelios de día y 45 de noche, mientras que en las de uso industrial los límites oscilarán entre 70 y 60, respectivamente. Aunque no se fija un máximo para las zonas en las que existan autopistas o aeropuertos, «se aplicarán las tecnologías de menor incidencia acústica y no se podrán construir urbanizaciones junto a ellos». El texto regula el control de las emisiones de los diferentes emisores acústicos, incluidos los vehículos de motor, fijando también los valores límites de inmisión de ruido aplicables a las infraestructuras viarias, ferroviarias y aeroportuarias, así como a las infraestructuras portuarias y actividades. Se prevé que a la entrada en vigor de este Reglamento se habrán identificado los grandes ejes viarios cuyo tráfico supere los seis millones de vehículos al año, los grandes ejes ferroviarios cuyo tráfico supere los 60.000 trenes al año, los grandes aeropuertos, así como las aglomeraciones de más de 250.000 habitantes y su delimitación territorial.