En el 2006 las sanciones por acoso laboral rondaron los 900.000 euros

El «mobbing» adquiere rango de epidemia con un 5% de afectados

La administración pública es uno de los sectores con mayor incidencia de este nuevo mal laboral Entre 400 y 500 denu

Las condiciones laborales de los trabajadores son uno de los aspectos que mayores denuncias conlleva

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Carlos Mínguez - madrid
León

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En torno al cinco por ciento de los trabajadores españoles, de un total que se aproxima a los diecisiete millones de asalariados, sufre acoso laboral, conocido popularmente por «mobbing», un problema emergente que alcanza niveles de epidemia y que tiene importantes consecuencias de salud y económicas. Ese porcentaje, avalado por sindicatos y empresarios, por la Unión Europea y por la propia Administración, alcanza el quince por ciento -más de dos millones y medio de trabajadores- en el Observatorio Cisneros, primera herramienta a medida utilizada en España para evaluar la incidencia del acoso psicológico en los centros de trabajo. «Hay más casos de los que la gente cree pero menos de los que algunos querrían», dijo Cristóbal Molina, catedrático de Derecho del Trabajo en Jaén y director del Observatorio Permanente de Riesgos Psicosociales de UGT. Ese cinco por ciento es ya «una barbaridad» para María Jacob, del Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud de CC.OO., para quien el «mobbing» es, ante todo, un riesgo laboral, «y como tal hay que hacerle frente». «Vivimos -dice- una nueva avalancha de casos, como hace cuatro o cinco años, que nos pilló desprevenidos». Para Iñaki Piñuel, profesor de la Universidad de Alcalá, hemos pasado «de la clandestinidad a una avalancha» de denuncias, de ahí que su pronóstico para el futuro sea pesimista. «Iremos a peor», asegura.Re La Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizó en 2006 un total de 2.703 actuaciones relativas a la protección de la intimidad y dignidad de los trabajadores, en las que están incluidas las relacionadas con el «mobbing», de las que se derivaron 120 infracciones y unas sanciones que sumaron cerca de 900.000 euros. La Dirección General de la Inspección de Trabajo considera las conductas de acoso psicológico como infracción de carácter laboral, al estimarlas como actos contrarios a los derechos de los trabajadores reconocidos en el artículo 4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.Ante el incremento de quejas recibidas en el Defensor del Pueblo por parte de trabajadores de las administraciones públicas, uno de los sectores con mayor porcentaje de casos -el 22,60% según el VI Observatorio Cisneros, desarrollado en 2005 y publicado en 2006-, la institución ha decidido realizar una investigación e instar al Ministerio de Administraciones Públicas a elaborar un protocolo de actuación.

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