Nueve meses de cárcel por echar de casa a su hijo para escarmentarlo
El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga rechaza la retirada de la patria potestad al considerar que «sería más perjudicial» para el joven de 15 años
El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha condenado a nueve meses de prisión a una madre por un delito de abandono temporal de un menor. Esta decisión se argumenta en que, en una ocasión, la condenada echó de casa a su hijo de 15 años de edad y en otra no le dejó entrar en el domicilio con el fin de darle un escarmiento ante su actitud problemática. Sin embargo, la magistrada encargada del caso ha rechazado la petición de la Fiscalía de Málaga de retirar la patria potestad al considerar que «sería más perjudicial» para el joven, ya que su madre se implica en su educación y su bienestar.
La sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, considera probado que día 18 del pasado mes de mayo, la mujer abandonó a su hijo en la calle y no le permitió «entrar en el domicilio» en el que viven en la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre. Ante esta situación, el menor tuvo que ser recogido por unos vecinos.
Pero ésta no es la única vez en la que el joven no pudo dormir en su casa. La resolución también señala que esta situación «es frecuente» y señala que el día 11 del mismo mes «también fue echado de casa para darle un escarmiento, alegando la acusada que lo hace porque es problemático». Para explicar su actuación, la progenitora argumento que su hijo «se iba días y noches enteras de la vivienda sin dar explicación». Mientras, el menor aseguró que se marchaba «ante la situación insostenible en la que vivía», aunque reconoció tener una «conducta rebelde y de constantes discusiones» con su madre.
Por su parte, la juez que ha condenado a nueve meses de prisión a la madre considera que en este caso se da «una actuación negligente por parte de la madre, que ante los problemas de conducta del hijo menor en una ocasión le puso las maletas en la calle y poco después se negó a abrirle la puerta de entrada a la vivienda familiar». Por ello, defiende que aunque el menor se encuentre en plena adolescencia, con la dificultad que puede conllevar para la condenada, «no es óbice para que pretenda echarlo de la casa dejándolo a la intemperie en la calle una noche». Finalmente, la magistrada concluyó apuntando que esta conducta conlleva «un riesgo para el menor». Aunque la Fiscalía de Málaga solicitó 18 meses de prisión y la retirada de la patria potestad por cuatro años, la jueza no consideró adecuadas estas medidas.