Sanidad regulará la publicidad de los alimentos dirigida a niños
Los anuncios televisivos no deberán inducir a error a los menores sobre las presuntas características de un producto alimenticio o de los supuestos beneficios derivados de su consumo, léase mayor fortaleza, estatus, popularidad, habilidad o inteligencia. En la promoción de alimentos dirigidos de manera expresa a los niños no deberán aparecer personas especialmente próximos a ellos, como presentadores de programas infantiles o personajes, reales o ficticios, de películas o series. Tampoco, como es obvio, de conocidos o famosos entre el público en general que gocen de un alto grado de popularidad entre el público infantil. A éstos y otros compromisos y normas éticas contempladas en el denominado Código Paos (Código de Autorregulación de la Publicidad de alimentos dirigida a menores) se han adscrito las cadenas de televisión agrupadas en la Forta y en la Uteca mediante un acuerdo suscrito ayer con el Ministerio de Sanidad.