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León

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ARTÍCULOS

Modificación de los artículos para devolver el texto del Real Decreto al contenido original negociado en octubre de 2015 y que fue modificado unilaterlamente por el Gobierno y en coherencia con el artículo 79 de la Ley del Medicamento.

DIAGNÓSTICO

Exceptuar medicamentos sujetos a prescripción médica y que son de manejo habitual por parte de los profesionales de enfermería, de la necesidad de que cuenten con el diagnóstico y prescripción médica previa.

DISPENSACIÓN

Eliminar la exigencia de orden de dispensación para el uso de medicamentos por parte de las enfermeras y enfermeros.

FORMACIÓN

Eliminar la exigencia de formación adicional para obtener la acreditación.

ACREDITACIÓN

Modificar el profedimiento de acreditación para que dicha acreditación sea automática.

PROTOCOLOS

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Establecer un plazo de dos años para la aprobación de los protocolos y las guías de práctica clínica y asistencial, aunque evidentemente, esta será la parioridad a partir de este momento para evitar disfunciones en la atención sanitaria.