Diario de León

Tribunales

Revocada la pena de siete años y medio por una pelea en la que casi muere un hombre

■ El TSJ aprecia muchas contradicciones en la versión del agredido, que perdió un ojo y parte del otro, y tiene la cara paralizada ■ Ocurrió dentro y fuera de un pub de Ponferrada en 2016 y se vieron implicados tres bercianos

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. DL

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. DL

León

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha absuelto a tres bercianos acusados de un delito de homicidio en tentativa , por haber dejado al borde de la muerte a otro varón después de una pelea . Habían sido condenados por la Audiencia Provincial a una pena de siete años de prisión , revocada la sentencia tras el recurso presentado por el letrado leonés Felipe Pérez del Valle.

La sentencia recurrida en apelación se modifica sobre la inicial y reza ahora que a las 2,15 horas del 18 de abril de 2016, la víctima de la supuesta agresión de los tres varones se encontraba en el interior de un pub de Ponferrada . Por motivos no debidamente aclarados, se dirigió a una mujer e inició una discusión con ella, con reproches e increpaciones. En tal situación, la golpeó, se echó encima de ella y la tiró del pelo, provocando que ella sufriese una contusión en la mano derecha.

De forma inmediata a los anteriores hechos, la víctima fue expulsada del pub. Instantes después, y previamente avisados de lo que había sucedido, acudieron al lugar agentes de la Policía Municipal de Ponferrada , quienes identificaron en el exterior del establecimiento a la mujer, la cual les refirió que había sido agredida dentro del pub por la víctima, que se encontraba en las inmediaciones. También estaba en el lugar el primer acusado, novio de la agredida , que había acudido al lugar al enterarse de la agresión sufrida por ésta última, en unión de dos hermanos, amigos suyos. Cuando los agentes estaban hablando con la víctima, se acercó el acusado con el segundo acusado y entregó un teléfono móvil perteneciente a la víctima de la agresión, quien abandonó solo y por sus propios medios aquel lugar y, más tarde, ingresó en el servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de El Bierzo , en donde fue primeramente atendido sobre las 3,19 h, apreciándosele un hematoma subdural, siendo su estado muy grave, y de allí trasladado al Hospital Universitario de León .

Condena revocada
Los tres absueltos ahora por el TSJ había sido condenados a siete años y medio de prisión

No constan suficientemente acreditadas las circunstancias en las que el agredido llegó a padecer tan graves lesiones. La víctima, precisó para su curación, además de una primera asistencia médica, tratamiento quirúrgico consistente en craneotomía frontoparietal izquierda con drenaje de hematoma subdural agudo de convexidad hemisférica, lo que evitó su fallecimiento, así como el tratamiento médico pautado por el servicio de UCI, Neurocirugía y Psiquiatría en régimen de hospitalización y ambulatorio, necesitando también de tratamiento rehabilitador con convalecencia hospitalaria.

Graves secuelas

Empleó para su estabilización nueve días de perjuicio muy grave , cuarenta y cuatro días de perjuicio particular grave y de quinientos cincuenta y un días de perjuicio particular moderado, en total 604 días de curación o estabilización, quedándole como secuelas la pérdida de la agudeza visual (8/10 en ojo derecho y ceguera total en ojo izquierdo), de manera que la pérdida de visión del ojo izquierdo es total. Aunque conserva el órgano, éste no es válido para desempeñar su función, agravación o desestabilización de otros trastornos mentales, secuelas motoras y sensitivo motoras de origen periférico en nervios craneales, afectación nervio facial, tronco, con parálisis, y en cuanto al perjuicio estético, se apreció una cicatriz de 12 centímetros en región parieto-temporalizquierda, hundimiento en región frontal izquierda, de 1,5 cm de diámetro, pérdida de la simetría facial, con afectación de la mímica derivada de la parálisis facial derecha.

Hace seis años
La pelea ocurrió en la madrugada del 18 de abril de 2016, dentro y fuera de un pub de Ponferrada

«Por supuesto, es explicable que la víctima niegue haber tenido problemas con clientes en el interior del pub, así como haber discutido con la camarera y haber agredido a una joven de color , e incluso haber bebido en exceso o haberse drogado, porque comprende o puede comprender que el reconocimiento de tales extremos pudiera perjudicarle, pero, con independencia de ello, cuanto relata, en relación con la agresión que dice haber sufrido en la cabeza, es en muchos puntos ininteligible. Sin embargo, sí insiste en que quienes le pegaron muchos golpes en la cabeza fueron los otros tres acusados, aunque dice que había alguna persona más, y, dato importante, sin que precise si dicha brutal agresión fue fuera o dentro del pub», dice la sentencia del TSJ. «En definitiva, el testimonio no resulta fiable, no porque el testigo que es víctima persiga una finalidad espuria (no podemos decir que mienta), sino precisamente por las propias condiciones psico-físicas del mismo que permiten dudar de tal fiabilidad conforme a lo que hemos expuesto».

Testimonio de un amigo

Hay un testimonio de un amigo de la víctima no menos contradictorio: «Aunque es más o menos coherente y firme, apreciamos, sin embargo, motivos para dudar también de su fiabilidad, que consisten fundamentalmente en lo extraño e insólito que resulta su actitud y comportamiento con posterioridad a los hechos. Aparte de que algunos detalles de su relato no concuerdan con lo que manifiestan el resto de los testigos, lo cierto es que no es lógico que, de ser cierto que presenciase la agresión brutal de su amigo en el exterior del pub, que él trató incluso de evitar separándolo de sus agresores, al llegar la patrulla policial no hablase con los agentes o denunciase lo ocurrido, ni se quedase junto a la víctima o le acompañase al hospital. Al contrario, desaparece de la escena y no da señales de vida hasta fechas posteriores en que, según ha referido, se entera de su hospitalización y grave estado, poniéndose en contacto con su madre».

Toma en cuenta también el TSJ el testimonio de los agentes de Policía Local de Ponferrada : «Ninguna persona en el lugar les habló de una brutal agresión fuera del establecimiento, ni se personó allí ninguna ambulancia ni vehículo accionando sirenas. Observaron finalmente que la víctima se marchaba del lugar, él solo, andando normalmente».

Ante tantas contradicciones, se aplica el principio del i n dubio, pro reo y se dicta la absolución.

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