Diario de León

La Justicia británica reconoce a Juan Carlos inmunidad hasta la abdicación

El tribunal recuerda que «la inmunidad estatal es un derecho absoluto»

El rey Juan Carlos I, durante su última visita a España. ISMAEL HERRERO

El rey Juan Carlos I durante su última visita a España. ISMAEL HERRERO

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El Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales ha reconocido la inmunidad a Juan Carlos I en las actuaciones previas a su abdicación como Rey de España en 2014 ante la demanda por acoso que presentó la que fuera su amiga íntima Corinna Larsen.

Así, la demanda seguirá su curso, que podría acabar en un juicio civil, pero sin tener en consideración los hechos presuntamente ocurridos cuando era Jefe de Estado; es decir, incluiría solo los hechos que la empresaria sitúa de 2014 a 2020.

En una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal ha admitido el recurso de casación que presentó el rey emérito y ha concluido que «la supuesta conducta previa a la abdicación» de Juan Carlos I es «inmune a la jurisdicción de los tribunales de este país».

El tribunal ha corregido así la conclusión a la que llegó el pasado 24 de marzo el juez Matthew Nicklin, del Tribunal Superior de Justicia británico, que determinó que Juan Carlos I no gozaba de inmunidad en Reino Unido debido a su abdicación en 2014 del cargo de Rey de España.

La decisión tiene lugar en el marco de un procedimiento civil que se sigue en Reino Unido a raíz de una demanda que presentó Larsen en 2020 para pedir a los tribunales que reclamaran al rey emérito una indemnización por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la «instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección» y por la contratación a «exdiplomáticos y exfuncionarios del Gobierno» para que interviniesen con el objeto de «poner fin al acoso» que dice haber recibido por parte de Juan Carlos I.

El pasado 8 de noviembre, los abogados del rey emérito presentaron ante la corte de apelaciones los argumentos por los que consideraban que debía revocarse la decisión inicial del juez Mathew Nicklin de no reconocer inmunidad ninguna a Juan Carlos I por el presunto acoso denunciado por Larsen, poniendo el foco precisamente en que, si según ella el CNI participó en los hechos por orden del entonces monarca, serían «actos soberanos» e inmunes.

En una vista oral que duró poco más de cinco horas, el tribunal escuchó la petición de la defensa de Juan Carlos I de revertir la decisión adoptada el 24 de marzo por el juez Nicklin.

La Justicia británica autorizó al rey emérito a recurrir, pero solo respecto a los hechos transcurridos entre 2012 y 2014, por lo que la vista se centró en ese lapso, a pesar de que la demanda de Larsen dibuja un horizonte temporal que llega hasta 2020: primero la habría presionado para retomar la relación y después habría intentado perjudicarla en sus negocios como venganza. Ahora, el Tribunal de Apelaciones ha dado la razón al rey emérito. En 26 folio, ha explicado que «la inmunidad estatal de la jurisdicción civil de los tribunales extranjeros se aplica tanto a la conducta extraterritorial imputable a un Estado en el plano internacional, como a la conducta interna.

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