Diario de León

El Supremo fija el plazo para reclamar a Hacienda por ingresos indebidos

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El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el plazo para solicitar a Hacienda una devolución por ingresos indebidos comienza cuando el contribuyente es consciente de ello, y no, por defecto, cuando se produce, por lo que la opción de reclamar no prescribe a los cuatro años.

La sala de lo contencioso administrativo ha decidido que el derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos puede surgir, no cuando se efectúa dicho ingreso, sino cuando el contribuyente tiene conocimiento de que el mismo era indebido, pues en ese momento nace para él el derecho a la reclamación. Una empresa de Valencia había autoliquidado su impuesto sobre sociedades declarando como ingresos unas comisiones abonadas por otra, comisiones que resultaron no ser tales sino gastos deducibles.

Cuando fue consciente de que su autoliquidación no era correcta, procedió a reclamar a Hacienda, que alegó que habían transcurrido más de cuatro años desde que se efectuó la liquidación.

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