Diario de León

El Supremo responde a Europa y mantiene preso a Oriol Junqueras

El tribunal tampoco declara la nulidad de la sentencia por la que se le condenó a 13 años

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La Sala del Tribunal Supremo que juzgó al líder de ERC en prisión, Oriol Junqueras, por el ‘procés’ independentista en Cataluña ha rechazado autorizar su desplazamiento el próximo lunes a Estrasburgo para que pueda hacer efectiva su condición de eurodiputado. Tampoco declara la nulidad de la sentencia por la que le condenó a 13 años de cárcel por sedición y no cursará un suplicatorio al Parlamento Europeo para poder ejecutarla.

Esta es la forma en la que el alto tribunal español responde a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconoció la condición de miembro de la Eurocámara de Junqueras desde la fecha en la que se le proclamó electo el pasado 13 de junio, un día después de concluir el juicio que se celebró contra él y otros once líderes independentistas.

Los siete magistrados que juzgaron a Junqueras tenían sobre la mesa dos peticiones muy diferentes. Por un lado, la de la Fiscalía defendiendo que no cabe aplicar la inmunidad en el caso de Junqueras porque ya no es un preso preventivo, sino un condenado en firme que debe ser por ello inhabilitado para ejercer en la Eurocámara; y por otro la de la Abogacía del Estado, a favor de que pudiera acudir al Parlamento Europeo a obtener su acta en tanto se solicita al Parlamento Europeo que se suspenda su inmunidad.

Recurso de súplica

La aclaración de la situación procesal de Junqueras se establece en dos autos diferentes: en uno se proyecta la doctrina de la sentencia del TJUE mientras que en el otro se resuelve el recurso de súplica que planteó su abogado, Andreu Van den Eynde, cuando en su día la Sala le denegó el permiso de salida para jurar o prometer su cargo como eurodiputado ante la Junta Electoral Central, en el Congreso de los Diputados.

Las resoluciones, de las que ha sido ponente del presidente del tribunal, Manuel Marchena, concluyen que la consecuencia de la condena en firme de prisión es, de acuerdo a la Ley Electoral, inhabilitar a Junqueras como eurodiputado, lo que acuerda comunicar tanto al Parlamento Europeo como a la Junta Electoral Central. En sus autos, los jueces destacan que es el propio TJUE el que admite en su sentencia, con carácter excepcional, el mantenimiento de la medida cautelar de prisión, siempre que el órgano judicial lo considere necesario, después de un juicio ponderativo y justificado por la gravedad de los hechos imputados y por la persistencia de un evidente riesgo de fuga y reiteración delictiva, siempre que se active con la máxima celeridad la suspensión de la inmunidad.

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín cobrarán casi 70.000 euros cada del Parlamento Europeo en calidad de atrasos de salarios y dietas por haber sido reconocidos formalmente como eurodiputados desde el 2 de julio de 2019. Cada eurodiputado tiene derecho a un sueldo neto de 6.824,85 euros mensuales y a dietas para gastos generales que cuyo importe asciende a 4.513 euros cada mes.

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