Diario de León

Celaá suprime el límite de suspensos para que los alumnos pasen de curso

El Gobierno deja en manos de las autonomías regular el decreto para las diferentes etapas educativas

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El Ministerio de Educación y FP deja en manos de las autonomías que un alumno pase de curso sin límite de asignaturas suspensas, según se desprende del Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, aprobado en Consejo de Ministros y ya publicado en el BOE. El documento recoge modificaciones a la hora de establecer los criterios de evaluación y promoción en educación primaria, secundaria y bachillerato, dejando estos en manos de las administraciones autonómicas y de los centros.

Con respecto a la evaluación, el texto señala que «las Administraciones educativas podrán autorizar la modificación de los criterios de evaluación previstos para cada curso, y en su caso materia, con el fin de valorar especialmente los aprendizajes más relevantes e imprescindibles para la continuidad del proceso educativo y la capacidad del alumnado para aprender por sí mismo y para trabajar en equipo, y en el caso del Bachillerato, para aplicar los métodos de investigación apropiados». En segundo lugar, establece que los centros, de acuerdo con lo regulado por la comunidad autónoma, podrán modificar los criterios de promoción de un alumno. «Los centros docentes, de acuerdo con lo regulado en su caso por las administraciones educativas, podrán modificar, de manera excepcional, los criterios de promoción en todos los cursos de Primaria y ESO, así como en la correspondiente promoción de primero a segundo de Bachillerato».

Y añade que lo que se valorará es la evaluación global del estudiante y no el número de materias suspensas: «La repetición se considerará una medida de carácter excepcional que se adoptará, en todo caso, de manera colegiada por el equipo docente en función de la evolución académica del estudiante, globalmente considerada, sin que pueda ser la causa únicamente las posibles materias que pudieran quedar sin superar en la ESO y en Bachillerato». Hasta ahora, los alumnos repetían curso si suspendían tres o más asignaturas, o si las materias con calificación negativa eran Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, de forma simultánea.

Otra de las medidas que recoge el decreto ley es la contratación por parte de las autonomías de docentes que aún no hayan cursado el máster habilitante, que serán nombrados profesores interinos para plazas adicionales de docentes en los cuerpos de profesores de enseñanzas medias. La cobertura de las plazas, que tendrá «carácter excepcional y limitado», podrá llevarse a cabo para las materias en las que se agoten las listas regladas de aspirantes. Las plazas creadas se amortizarán al finalizar el curso en el que desaparezcan los motivos de urgente necesidad.

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