Diario de León

¿Cómo afecta la campaña de declaración de la renta a los trabajadores en Erte?

Los más de 25.000 leoneses que cobraron del Sepe y de su empresa en 2020 tendrán que devolver al hacer la declaración en torno al 19% de los ingresos de Empleo por el IRPF

Los Erte dispararon el volumen de trabajo en el Sepe. JESÚS F. SALVADORES

Los Erte dispararon el volumen de trabajo en el Sepe. JESÚS F. SALVADORES

León

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Renta León 2021 : Si has estado en ERTE y no sabes cómo hacer la renta en León por internet , esto te interesa y mucho. 

Lo primero que debes hacer es conocer el calendario de fechas y plazos Renta León 2021 , una vez los tengas anotados, toca saber qué desgravar. 

No lo dejes para última hora, que luego todo son prisas. Para cualquier duda sobre cómo afectará la Declaración de la Renta 2021 a los trabajadores en ERTE , aquí van las respuestas. 

1.- Así te afecta la Renta 2021 en León si has estado en ERTE

2.- Hay que hacer la declaración a partir de 14.000 euros si se cobró también del Sepe

3.- Algo más de 2.500 euros de IRPF para quien gana 21.000 euros brutos al año y no tiene hijos

4.- No afecta a las deducciones

5.- El Gobierno no prevé ningún cambio para aminorar el impacto

6.- ¿Qué ocurre con los cobros indebidos de los Erte?

7.- Los beneficiarios del ingreso mínimo deben presentar la declaración

 

Así te afecta la Renta 2021 en León si has estado en ERTE

El próximo 7 de abril arranca la campaña de la renta y los más de 25.000 trabajadores de la provincia que estuvieron en algún momento del año inmersos en un Erte tendrán que pagar de golpe los impuestos derivados de la nómina pública porque el Sepe tan solo retiene la cantidad mínima, entre el cero y el dos por ciento.

También afectará a los que ganen menos de 22.000 euros, exentos de hacer la declaración si solo tienen un pagador, pero los ingresos del servicio de empleo computan como los de una segunda empresa. De todas formas, eso no significa pagar más. El tipo impositivo es el mismo.

 

Hay que hacer la declaración a partir de 14.000 euros si se cobró también del Sepe

En condiciones normales, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros.

Ahora bien, si cuentan con dos o más pagadores —sería el caso de un empleador y del Sepe—, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.

El servicio público no tiene obligación de retener cuando las cuantías que ha abonado durante el año no pasan de los 14.000 euros, aunque el contribuyente puede solicitar en su momento que se le retenga o se le aplique un porcentaje mayor de retención, más ajustado a la tributación efectiva que debe soportar en función del global de sus ingresos en el ejercicio.

En bruto
Todos los que ganen menos de 22.000 euros y hayan tenido dos pagadores también están obligados a hacer la declaración, pero el tipo impositivo es el mismo

 

Estas son las fechas calendario Declaración de la Renta en León 2021

 

Algo más de 2.500 euros de IRPF para quien gana 21.000 euros brutos al año y no tiene hijos

Lo que pagará este año en la declaración de la renta un trabajador que gana 21.000 euros brutos y tiene un solo pagador será prácticamente lo mismo de lo que tendrá que liquidar un empleado que haya percibido 16.000 euros de la empresa y 5.000 del Sepe.

En el primer caso, la compañía ya le retiene directamente 2.578,8 euros. No está obligado a presentar la declaración. En el segundo ejemplo, la empresa le ha retenido solo 859,2 euros, mientras que el Sepe no ha bloqueado nada de los ingresos en concepto de IRPF.

Al haber dos pagadores, es obligatorio hacer la declaración, que le saldrá a devolver 1.645,27 euros, en torno al 19%, tal y como establecen los tramos del IRPF.

Tramitación del borrador o declaración de Renta: Consulta cómo llevarlo a cabo

 

 

No afecta a las deducciones

Las deducciones familiares —por familia numerosa, ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo o familias monoparentales con dos hijos que no perciban anualidad por alimentos— no se ven afectadas ya que dependen del alta en la Seguridad Social o del cobro de prestaciones.

Sin embargo, la de baja por maternidad, que perciben las mujeres con hijos menores de tres años, está vinculada al desarrollo de una actividad por cuenta propia o ajena, de forma que si se interrumpe por un Erte o cese de actividad se dejan de cumplir los requisitos para aplicarla.

 

El Gobierno no prevé ningún cambio para aminorar el impacto

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dejado claro que la normativa del IRPF no ha cambiado y que todos los contribuyentes pagarán «en función de lo que han cobrado, ni un euro más ni un euro menos».

 

¿Qué ocurre con los cobros indebidos de los Erte?

En el caso de que se hayan percibido del Sepe abonos no procedentes o superiores a los que corresponden, Hacienda recomienda que si el contribuyente desconoce la cantidad que debe devolver, consulte al servicio público la cuantía exacta o aproximada de esa devolución que debe realizar.

Alternativamente, puede esperar que avance la campaña de la renta, aumentando así la posibilidad de recibir la notificación del Sepe con la cantidad a reintegrar.

La Agencia Tributaria asegura que está manteniendo contactos con el organismo dependiente de Trabajo para ir recibiendo ficheros con datos actualizados periódicamente.

Resultado de la declaración: Comprueba cuál será el de este año

 

Los beneficiarios del ingreso mínimo deben presentar la declaración

En cuanto a los 460.000 perceptores del IMV, de los que más de 226.000 son menores de edad, la Agencia Tributaria les recuerda que deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos, aunque el IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración.

Lo que deberá declararse, como rendimientos del trabajo, son las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, Iprem) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos.

Solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso, precisa Hacienda. Según la Agencia Tributaria, en la gran mayoría de supuestos, la declaración será «muy sencilla», sin ingresos que incorporar y con cuota cero (ni a ingresar, ni a devolver).

A efectos de la campaña, la problemática puede venir dada por el hecho mismo de presentar declaración en el caso de un colectivo formado por nuevos declarantes.

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