Diario de León

Tribunales

Condenado a cuatro años de cárcel el autor del atropello a dos peregrinos en Matallana

Fallecieron cuando circulaban en bicicleta y su hijo de doce años pudo salvar la vida de una manera milagrosa

El detenido, a la salida de los juzgados. FERNANDO OTERO

El detenido, a la salida de los juzgados. FERNANDO OTERO

León

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El autor del atropello mortal que acabó con la vida de dos ciclistas que recorrían el Camino de Santiago a la altura de Matallana de Valmadrigal en junio de 2018 ha sido condenado a una pena de cuatro años de prisión, de acuerdo a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de León, cuya magistrada le retira el permiso para conducir vehículos a motor por un periodo de seis años y le impone indemnizaciones por valor de casi 15.000 euros.

El acusado , mayor de edad, de nacionalidad española y con antecedentes penales susceptibles de cancelación, sobre las 10.50 horas del día 28 de junio de 2018, conducía un vehículo de su propiedad por las inmediaciones de la localidad, con sus facultades disminuidas a consecuencia de una previa ingestión alcohólica que mermaba considerablemente su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual.

Muchas pruebas
El conductor reconoció los hechos y aceptó la pena que proponía el Ministerio Fiscal

 

Como consecuencia de lo anterior, al llegar al punto kilométrico 293,600 de la citada vía, perdió el control del vehículo, se desplazó a la derecha y atropelló a tres ciclistas que iban correctamente circulando por el arcén derecho de la calzada en sentido León, un matrimonio y el hijo menor de ambos, de doce años de edad en la fecha de los hechos.

Como consecuencia del atropello, se produjo el fallecimiento inmediato de la pareja. El menor sufrió lesiones físicas de carácter leve.

Privación del permiso
La magistrada le retira el carné de conducir vehículos a motor por un periodo de seis años

El acusado, una vez ocurridos los hechos y tras, haberse percatado de los mismos, puesto que llegó a bajarse del vehículo, abandonó el lugar del accidente y fue interceptado aún a los mandos del mismo por los agentes de la Guardia Civil cuando circulaba por la carretera, por lo que la fuerza actuante procedió a su identificación. La inspección ocular permitió comprobar que el vehículo presentaba daños en el frontal lateral derecho con restos de sangre y tejido biológico correspondientes a ambas víctimas.

Alta tasa de alcohol

El conductor fue sometido, previa información de sus derechos, a las preceptivas pruebas de alcoholemia por el procedimiento de aire espirado, que arrojó un resultado positivo de 1,26 mg/l en la prueba realizada a las 11.14 horas y de 1,18 mg/l en la prueba realizada a las 11.25 horas.

No tenía seguro

Así mismo, el acusado presentaba síntomas claros y evidentes de encontrarse bajo los efectos del alcohol. Circulaba sin haber suscrito el correspondiente seguro obligatorio para la circulación de vehículos a motor.

Por su parte, el menor precisó tratamiento psicoterapéutico y 90 días de perjuicio de pérdida temporal de calidad de vida básico, con secuelas derivadas de estrés postraumático moderado y síntomas asociados a la secuela establecida recuerdos angustiosos recurrentes, sueños angustiosos relacionados con el suceso, malestar psicológico con momentos de rabia, esfuerzos para evitar el recuerdo del trauma tristeza con llanto frecuente y esfuerzos para evitarlo.

Dichos síntomas «si bien no condicionan de manera habitual las actividades de su vida diaria (escolarización, juego, relación con iguales) sí determinan momentos puntuales de malestar psicológico intenso ante situaciones en las que revive el trauma, alteración del sueño y sueño no reparador, precisa continuar con su tratamiento psicoterapéutico», dice la magistrada.

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