Diario de León

Valencia de Don Juan

La contratación del personal de limpieza se basará en «la igualdad y la legalidad»

El Tribunal Supremo avala que no cabe la subrogación

León

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El Ayuntamiento de Valencia de Don Juan defiende un proceso basado en la igualdad y la legalidad para contratar al personal de limpieza viaria, un servicio que ha motivado quejas permanentes en los últimos años.

Según explican en una nota de prensa, el consistorio prestará el servicio de manera directa, para lo que ha abierto un proceso de selección de personal «basado en la igualdad y el mérito de quienes concurran a los puestos, avalado por un informe de Secretaría en el que queda de manifiesto que no es de aplicación la subrogación del personal de la empresa privada que viene desempeñando esas labores, como ya se les ha informado a los interesados». Éstos han tenido la oportunidad de concurrir a los puestos en igualdad de condiciones con el resto de interesados y así se lo comunicó el alcalde Juan Pablo Regadera en una reunión mantenida con 5 de los 8 trabajadores del servicio el pasado 16 de abril. «Les expliqué que la pretendida subrogación no es una obligación impuesta al Ayuntamiento, y que existen multitud de sentencias, antiguas y recientes, como la de octubre de 2020 del Tribunal Supremo en unificación de doctrina, que así lo avalan», incide Regadera, para quien en todo momento su principal pretensión es que «el proceso sea legal y basado en la igualdad de oportunidades de acceso a las plazas».

Doctrina

«Las administraciones no pueden estar sujetas a normas convenidas por las patronales»

«Mi intención en todo momento ha sido invitarles, mirándolos a los ojos y no actuando por la espalda, a que se presentaran al proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento; lo hemos intentado hasta el último día de plazo por la tarde, este lunes pasado, pero solo dos de ellos han presentado solicitud. Es una verdadera lástima que algunos incluso reconocieran que ni habían leído las bases», lamenta el alcalde.

«No podemos olvidar», continúa el regidor, «que el mecanismo de la subrogación a una administración supone un incumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a puestos de función pública». En este mismo sentido se pronuncian sentencias recientes del Tribunal Supremo en unificación de doctrina que en síntesis vienen a avalar que no cabe la subrogación. Cita literalmente Regadera un fragmento de una de las sentencias leídas a los trabajadores en su reunión del 16 de abril: «Las administraciones públicas no pueden estar sujetas a las normas convenidas por organizaciones patronales necesariamente guiadas por intereses particulares o sectoriales que muy difícilmente podrán coincidir con aquellos intereses públicos y generales defendidos por el sector público». «Y en este sentido el interés público que debe defender este Ayuntamiento, es doble: dotar al servicio de los mejores profesionales posibles para prestarlo y garantizar la necesaria igualdad, imparcialidad y objetividad en el acceso a las plazas», afirma Regadera.

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