El celador se enfrentará a un jurado en la Audiencia por el incendio de Ancares
Fijada una fianza de 400.000 euros para el imputado por posible responsabilidad civil.

El celador, mirando a la cámara, el pasado viernes antes de declarar ante el magistrado del 8.
El celador de la Junta de Castilla y León, Alberto García González, denunciado por el incendio que en octubre del 2011 arrasó durante días cientos de hectáreas de monte en la sierra de Los Ancares, dentro del término de Villafranca, se enfrentará como imputado a un jurado popular en la Audiencia Provincial de León. Así lo estipula un auto difundido ayer por el magistrado del número 8 de Ponferrada que ha instruido el caso, Enrique Agudo, en el que se decreta la apertura del juicio oral por el caso. El instructor considera «lógico y racional» concluir que existen indicios de que el imputado es responsable del incendio forestal.
El texto del auto recoge que el celador llegó a la localidad de Villar de Acero el 17 de octubre sobre las 16.00 horas y que allí estuvo tomando café durante 30 minutos, que abandonó el pueblo sobre las 16.30 horas, conduciendo un Land Rover corto en dirección a Villafranca, y considera «coherente» que a las 16.45 horas fuera visto por dos agentes de la Guardia Civil que acudían a colaborar en las labores de extinción y con un agente medioambiental, en un punto de la carretera que une Villafranca con Villar de Acero, tal y como aparece en un informe del Seprona. Para la imputación se observa «esencial» la circunstancia de que «el imputado, celador y perfecto conocedor de la zona se dirigiera en un vehículo oficial todo-terreno equipado con emisora (y por tanto útil), en dirección contraria al incendio recién declarado cuando todos los medios disponibles se dirigían hacia el mismo».
«Carece de lógica pues el hecho de que el imputado careciera de equipo de protección personal o hubiera finalizado su servicio para justificar el abandono de la zona de conflicto, máxime cuando el incendio amenazó la población de Campo del Agua y el imputado podía colaborar con los medios en tareas que no pusieran en riesgo su integridad personal, tales como logística y coordinación», según declaró un testigo identificado como agente Martín Bello.
Huía del lugar del fuego
Todo lo anterior, unido al hecho de que el celador manifestara a uno de los agentes de la Guardia Civil que se iba para Piedrafita porque había otro incendio —lo cual no era cierto— y al agente Martín Bello que se dirigía a Villafranca porque tenía cosas que hacer, según remarca el magistrado: «Permite concluir en este momento procesal y con pleno respeto a la presunción de inocencia que el imputado huía del lugar». Sobre tal base, lo que se descarta es el sobreseimiento del caso y se decreta la apertura del juicio oral para que Alberto García sea juzgado como acusado y responsable civil del siniestro. El órgano competente para el enjuiciamiento será el tribunal del jurado de la Audiencia de León.
Fianza y sin recurso
En el punto cuarto de la parte dispositiva del auto, se añade además el requerimiento al acusado para que preste fianza de 400.000 euros por «las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran declararse procedentes». En caso de no prestarla se podría proceder al embargo de sus bienes. El juez insta ya la «averiguación patrimonial» del acusado en una pieza correspondiente a la su responsabilidad civil en el incendio. El auto emplaza ya a las partes para que en 15 días se personen ante el tribunal competente para el enjuiciamiento. Y en último término se subraya que esta resolución no es recurrible.
La defensa de Alberto García había pedido el viernes de la semana pasada en una comparecencia en los juzgados ponferradinos el sobreseimiento del caso. Pero para el juez, sólo cabe desestimar dicha petición porque «existen en la causa indicios racionales suficientes para en este momento procesal y con las debidas cautelas, afirmar que Alberto García fue el presunto autor de los hechos descritos».
La Fiscalía ha pedido inicialmente en sus calificaciones cinco años de cárcel para el celador, una pena que otros colectivos conservacionista de la acusación particular extienden a los 18 años. La Junta promueve además una inhabilitación especial para el desempeño del cargo.