Condenan a devolver 36.000 euros de la colza invertidas en preferentes y subordinadas
. El matrimonio ponferradino denunció al Ceiss para recuperar su indemnización.
El Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Ponferrada ha emitido una sentencia por la que obliga a reintegrar a un matrimonio berciano el dinero procedente de una indemnización que habían cobrado por la enfermedad de la colza y que el Banco Ceiss lo tenía en participaciones preferentes y obligaciones subordinadas. La Justicia declara ahora la nulidad de los contratos de estas suscripciones. El fallo establece la obligación de la entidad financiera de devolver a los afectados 36.000 euros, deduciendo de la misma los intereses percibidos. Además, el Banco Ceiss deberá pagar el interés legal del dinero desde la fecha de la suscripción de los valores y las costas del procedimiento.
El juez declara igualmente nulo el canje obligatorio de las preferentes y subordinadas por bonos convertibles en acciones ordinarias de nueva emisión dl Banco Ceiss, y que fue ejecutado en base a la resolución del Frop del pasado mes de mayo.
La sentencia que da la razón al matrimonio berciano afectado por la colza está fechada el pasado martes. En la misma se recoge la declaración efectuada en la vista del juicio por el empleado de Caja España que comercializó el producto, quien reconoció que ni siquiera quienes comercializaban los productos litigiosos conocían sus riesgos, «por lo que no les podía trasmitir el riesgo del producto que yo desconocía», indica textualmente la declaración.
El abogado de los afectados que ahora ganaron esta denuncia, Marco Antonio Morala López, emitió ayer un comunicado en el que destacaba su «inmensa satisfacción profesional y personal por el resultado obtenido, pues se trata de personas muy humildes con una dura experiencia vital».