Diario de León

El juez argumenta que los daños son producto de un error de diseño anterior al ingeniero encausado

Absuelven a Coto Minero del Sil de las grietas aparecidas en Langre

El Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada ha dictado sentencia absolutoria para el ingeniero Eduardo Brime, y como responsable civil subsidiar

Publicado por
Redacción - PONFERRADA. Manuel Félix
Ponferrada

Creado:

Actualizado:

En una extensa sentencia de 23 folios, el juez analiza de forma prolija cada uno de los tres delitos que imputaban al director facultativo de Coto. En cuanto al delito de desobediencia relativo a la orden de la Junta de no haber paralizado las labores de explotación, el juez argumenta que esa orden fue recurrida y anulada por el TSJ, y llega a la conclusión de que por la propia forma en que actuó la Junta no hay tal desacato de la orden, teniendo en cuenta informe técnicos que aconsejaban seguir laborando, incluso a mayor ritmo, como así lo aconsejaba otro documento de la sección comarcal de la Junta. Sobre el presunto delito de daños que reclamaban los vecinos, el juez llega a la conclusión de que no se puede hablar de tal delito de daños porque los desperfectos que han aparecido en Langre son debidos, según la autoridad judicial, a subsidencias mineras, pero producto de un error de diseño en una etapa anterior a la que Brime fue el director técnico de Coto. En concreto, cuando se produjo el primer procedimiento contra Antracitas de Gaiztarro, -titular por entonces del polémico pozo-, y contra por el entonces ingeniero jefe, Emilio Guinea Arisqueta. Este procedimiento fue seguido vía Civil, después de ser archivado por lo Penal. No hay riesgos También se analiza en la sentencia absolutoria de ahora el delito de riesgo, al entender los demandantes que eran muchos los afectados y muy graves los daños. El juez aquí llega a la conclusión de que en base a todos los informes que hay de Geocontrol, del Instituto Tecnológico y Geominero de España, y otros aportados durante el juicio, los daños que se reclaman son ligeros en función de este tipo de actividades mineras. Subraya que no están dañadas de forma importante las estructuras de los edificios, y que por lo tanto no se puede hablar de previsible catástrofe, ni de estragos como para considerar que existe un delito de riesgo.

tracking