Condenan a Uminsa a pagar 750.000 euros por el agrietamiento de Langre
La Audiencia Provincial concluye que la actividad minera del grupo Alonso en el subsuelo del pueblo afectó a cuarenta edificaciones y a la iglesia de Santa Eulalia

El joven muestra una de las grandes grietas que atraviesan el tabique de su vivienda en el pueblo de
El grupo minero Alonso, a través de la empresa Uminsa, tendrá que hacer frente al pago global de 750.000 euros por los daños causados en unos cuarenta edificios del pueblo de Langre (Berlanga del Bierzo), entre ellos la iglesia de Santa Eulalia, construida en el siglo XVII. Así lo dictamina el fallo emitido ahora por la sección segunda de la Audiencia Provincial de León, tras catorce años de pleitos. El dictamen judicial concluye que los agrietamientos en las viviendas y el templo son debidos a las subsidencias del terreno, producidas por la actividad minera desarrollada en las galerías subterráneas que atraviesan la población.
En total son 28 los propietarios de edificaciones afectados, entre los que se encuentra el Obispado de Astorga. Las cantidades indemnizatorias a repartir son diversas, en función de los daños. Así, hay vecinos a los que el desperfecto mínimo tasado estipulado en esta sentencia se fija en unos 4.000 euros. Y los hay que recibirán entorno a los 80.000 euros, como es el caso del Obispado de Astorga. Existen cantidades de 52.000, 40.000, 35.000, 25.000, 16.000, 13.000 y 7.000 euros -”entre otras-” que percibirán los 28 propietarios de inmuebles agrietados que presentaron la demanda civil, que ahora ganó en la Audiencia el abogado ponferradino Pablo Soto.
Entre los fundamentos jurídicos de la sentencia de la Audiencia se señala que las excavaciones mineras son causa, según coinciden los diferentes peritos que intervienen en el juicio, de «hundimientos del terreno y consecuentemente de deformaciones en la superficie en sus dos componentes, horizontal y vertical, lo que es conocido como subsidencia». Y ello motiva en la superficie hundimientos verticales y desplazamientos laterales, inclinaciones, compresiones y tracciones en su estructura y cimentación. En el estudio detallado de todos los informes periciales la Audiencia llega a «la firme convicción de que dichos daños tienen su origen en el fenómeno de la subsidencia». También se deja sentado que los daños se han ido produciendo a lo largo del tiempo, desde 1989 hasta al menos el final de la explotación de Coto Minero del Sil, en el 2000.