Diario de León

Mantienen las medidas cautelares en la Ciudad del Medio Ambiente

Los jueces estudian un recurso de los ecologistas contra las obras

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó ayer la suspensión cautelar de parte de las obras de urbanización del sector 1 de la Ciudad del Medio Ambiente (CMA) de Soria que decretó el pasado 11 de noviembre, en respuesta a los recursos de reposición presentados por la Junta y por Ade Parques Tecnológicos y Empresariales, informa Ical.

Asimismo, los jueces instan a la Administración autonómica a establecer medidas de protección de las masas arbóreas; de los cauces, acuíferos y humedales, y del suelo urbanizable de especial protección de esa zona del Soto de Garray hasta que se resuelva el recurso presentado por la asociación ecologista Centaurea sobre la orden de la Consejería de Medio Ambiente del 10 de febrero de 2010 que aprobó el proyecto de actuación del sector 1 de la CMA.

El auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo señala que la no adopción de medidas cautelares podría suponer la «pérdida de la finalidad legítima del recurso» y aclara que no se suspenden totalmente las obras de urbanización en esa área, sino que únicamente hay una «suspensión parcial en tres extremos en concreto». En el caso de las masas arbóreas, se prohíbe cautelarmente la tala o eliminación de una serie de árboles singulares y áreas boscosas. También se prohíbe realizar actuaciones conducentes a la degradación o desecación de ciertos humedales. Por último, se establece la suspensión inmediata de las obras de construcción de colectores sobre suelo no urbanizable dentro del ámbito de actuación.

El auto indica que la realización de obras que inicialmente no estaban previstas en el proyecto de la Ciudad del Medio Ambiente ni en los instrumentos de ordenación que le servían de cobertura hace necesario el mantenimiento de las medidas cautelares ya que afectan a valores mediambientales que hay que preservar. Remarca que en este caso se están valorando dos intereses en conflicto, el económico y el medioambiental, ambos «públicos y de igual prevalencia», y que en caso de que no se adoptaran medidas para proteger el segundo «se produciría una imposibilidad de reparación o irreversibilidad de los perjuicios».

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