¿Es legal desbrozar en España? Esto dice la ley
En España, la tarea de desbrozar es responsabilidad de los propietarios de parcelas, fincas y terrenos

Vecinos de Valdeón realizando tareas de desbroce.
La ley que habla del desbroce en España varía según la comunidad autónoma y el tipo de terreno. Sin embargo, algunas de las leyes y normativas que regulan el desbroce en España son las siguientes:
Ley 43/2003, del 21 de noviembre, de Montes: esta ley establece las bases para la gestión y protección de los montes en España, incluyendo la obligación de realizar desbroces y limpiezas en zonas forestales.
Real Decreto 893/2013, del 15 de noviembre, por el que se aprueba la Estrategia Estatal para la Gestión de la Biomasa Forestal: esta estrategia establece objetivos y medidas para la gestión de la biomasa forestal en España, incluyendo el desbroce y la limpieza de montes.
Leyes autonómicas: cada comunidad tiene su propia legislación y normativa sobre desbroce y gestión forestal. En Castilla y León, se cuenta con el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales (INFOCAL), que establece los protocolos de actuación ante situaciones de riesgo de incendios forestales y define las responsabilidades de los propietarios de terrenos forestales.
La comunidad también se rige por la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León, que regula la gestión forestal en la región y establece la obligación de elaborar planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
Además, el Decreto 6/2025, aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León; y la Orden MAV/105/105/2025, aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales para el año 2025.
En España, la tarea de desbrozar es responsabilidad de los propietarios de parcelas, fincas y terrenos. Según la normativa vigente, estos propietarios están obligados a mantener sus terrenos limpios y libres de vegetación seca y maleza, especialmente en zonas de alto riesgo de incendios forestales.¹
Obligaciones específicas:
- Propietarios de terrenos forestales: Deben realizar el desbroce al menos una vez al año, antes del 31 de mayo, y mantener una franja libre de vegetación de 25 metros alrededor de las edificaciones y las infraestructuras.
- Propietarios de parcelas urbanas: Deben mantener sus parcelas limpias y valladas, evitando que se conviertan en focos de insalubridad o inseguridad. Los ayuntamientos pueden requerir el desbroce y la limpieza de las parcelas urbanas cuando lo consideren necesario.
- Propietarios de terrenos con especies invasoras: Deben eliminar las especies invasoras que puedan suponer una amenaza para la biodiversidad autóctona.
Consecuencias de no cumplir:
- Multas que pueden variar según la comunidad autónoma y el tipo de terreno.
- Infracciones leves: entre 100 € y 500 €.
- Infracciones graves: entre 501 € y 1.500 €.
- Infracciones muy graves: hasta 3.000 €, con posibilidad de ejecución subsidiaria a cargo del propietario.