Diario de León

La medida se enmarca dentro de la Ley de derechos y deberes

La Junta regulará este año el testamento vital en la autonomía

Sanidad ultima la creación del registro de instruciones previas para la voluntad del paciente

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ical | valladolid

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La Junta de Castilla y León aprobará a lo largo de este año el decreto que regulará el testamento vital en la comunidad, es decir, el documento que permitirá a los ciudadanos manifestar con antelación su voluntad sobre los cuidados y tratamientos referidos a su salud o sobre el destino de su cuerpo y órganos una vez que no sean capaces de expresarlos personalmente por sufrir una enfermedad o haber muerto. En estos momentos la Consejería de Sanidad ultima el procedimiento para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de la voluntad del paciente. Para ello creará un registro regional que permitirá a cualquier médico conocer la decisión del paciente, independientemente de dónde se encuentre, adelantó a Ical la directora general de Planificación y Ordenación, Milagros Marcos. Este registro se integrará, a su vez, en uno nacional dependiente del Ministerio de Sanidad para que, por ejemplo, si la persona sufre un accidente de tráfico y es atendida fuera de la Comunidad se cumpla con lo que dejó por escrito, requisito este para que se ejecute el testamento vital. La medida, que se enmarca dentro del desarrollo de la Ley de Derechos y Deberes de las personas en relación con su salud, aprobada por las Cortes regionales hace ahora dos años, se formalizará mediante tres procedimientos y se incluirá en la historia clínica del paciente. Así, podrá presentarse ante notario, para lo que no se precisará la presencia de testigos; ante personal de la Administración pública que la Consejería de Sanidad designe para estos fines y en las condiciones que se determinen reglamentariamente, o, finalmente, ante tres testigos que sean mayores de edad y con plena capacidad de obrar. De ellos, dos, como mínimo, no podrán tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculados por relación patrimonial u otro vínculo con el otorgante.

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