Diario de León

Eugenio R.R. tendrá que pagar 40.000 euros a cada uno de sus cuatro hijos como indemnización

Condenado a 15 años el acusado de matar y descuartizar a su ex mujer

El Tribunal justifica el fallo por homicidio y no por asesinato porque «no se probó la alevosía»

El acusado, Eugenio R.R., ayer,  durante la última sesión del juicio

El acusado, Eugenio R.R., ayer, durante la última sesión del juicio

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J. López - valladolid
León

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La Audiencia Provincial de Valladolid condenó ayer a 15 años de prisión al ex marido de Benita del Valle, Eugenio R.R., por el homicidio cometido sobre su ex esposa el 28 de febrero del 2006. El acusado tendrá que pagar, además, 40.000 euros a cada uno de sus cuatro hijos en concepto de indemnización, según consta en la sentencia que se hizo pública ayer. El alto tribunal aceptó las tres agravantes que presentaron el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado: el parentesco, el abuso de confianza y el de superioridad, mientras que ningún atenuante. Asimismo, Eugenio R.R. deberá cumplir también las condenas accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y el abono de las costas procesales, en las que se incluyen las de la acusación particular. El acusado por el crimen de su ex mujer tendrá prohibido también residir y acudir al municipio de Valladolid durante un periodo de 10 años, a partir del cumplimiento de la condena. Alejamiento El alto tribunal le impuso además la medida de prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de los hijos y nietos y de comunicarse con unos y otros por cualquier medio, por tiempo de 10 años. El presidente de la Audiencia Provincial, Feliciano Trebolle, criticó algunas posiciones de diversas asociaciones de Valladolid, que tras conocer el veredicto del jurado el pasado jueves, declararon que «la muerte de una mujer sale muy barata». Al respecto, dijo que el tribunal del jurado actuó «muy bien» y este tipo de declaraciones «no ayudan al correcto funcionamiento de la justicia, que en este caso se ha hecho perfectamente». «Yo habría hecho lo mismo y también lo hubiera calificado de homicidio, porque no se ha podido probar que haya sido un asesinato», dijo Trebolle, quien consideró de «vital importancia» que la sociedad vallisoletana conozca que el Código Penal establece que no se puede condenar por asesinato a una persona «si no se prueba su alevosía». Esto es, que el agresor se asegure de atacar a la víctima por sorpresa sin ningún peligro de resultar herido. El presidente magistrado comentó también que la labor del jurado es «difícil» y justificó que «se decantara por el acuchillamiento, en lugar del estrangulamiento que mantenía Eugenio R.R., gracias a las pruebas periciales del Instituto Nacional de Toxicología, por la única puñalada mortal que presentaba el cuello de Benita». Con el objetivo de que la sociedad «entienda» que este caso es un homicidio y no un asesinato, Trebolle manifestó que lo «complicado» era decidir entre homicidio y asesinato y para ello era «fundamental» esclarecer la alevosía, que desestimó el jurado, pero sí admitió el abuso de superioridad, por falta de pruebas. «Yo habría hecho lo mismo que el jurado y también lo hubiera calificado de homicidio, porque no se ha podido probar que haya sido un asesinato» FELICIANO TREBOLLE Presidente de la Audiencia

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