Según Educación, la decisión garantiza la neutralidad a las familias que han decidido objetar
La Junta anuncia que el TSJCyL le da la razón en el currículo de Ciudadanía
El Alto Tribunal exige, no obstante, que la Administración no prefije la oferta de materias
león
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso presentado por el Ministerio de Educación contra el diseño curricular de la asignatura de Educación para la Ciudadanía presentado por la Junta de castilla y León para los estudiantes de la autonomía, por lo que a criterio de la Administración, las familias de la comunidad que han decidido acogerse a la objeción de conciencia para que sus hijos no cursen esta asignatura, están amparadas judicialmente.
La Junta no especifica en su comunicación oficial si la sentencia admite la posibilidad de recurso ante instancias judiciales superiores y fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León señalaron ayer a este periódico que de momento la sentencia no tiene carácter público todavía, aunque previsiblemente lo será en las próximas fechas.
Según una nota de prensa de la Dirección de Comunicación de la Junta, «el recurso impugnaba objetivos, contenidos y criterios de evaluación de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en Castilla y León. En total, el ministerio incluyó en su recurso 46 aspectos, de los cuáles 28 estaban relacionados con Educación para la Ciudadanía. En la sentencia, el TSJCyL desestima todas las impugnaciones propuestas por el MEC respecto a los contenidos de Educación para la Ciudadanía en Castilla y León y, por tanto, legitima la actuación de la Consejería de Educación, que desde el inicio de este contencioso ha defendido la legalidad y, al mismo tiempo, la neutralidad de dicha materia en los centros escolares de la comunidad autónoma».
«El fallo del tribunal», siempre según este comunicado «sólo estima la pretensión del Ministerio en uno de los 46 aspectos fundados. El TSJCyL no reconoce a la Consejería de Educación de Castilla y León prefijar una oferta cerrada de materias a los centros educativos.
Número mínimo de alumnos
No obstante, el fallo ofrece a la Administración Educativa regional la posibilidad de establecer un número mínimo de alumnos para que las materias puedan cursarse. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), en sentencia emitida el pasado 27 de abril, ha dado la razón a la Administración Educativa autonómica en el desarrollo curricular de la asignatura Educación para la Ciudadanía en Castilla y León, como pone de manifiesto la sentencia con la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ministerio de Educación ante el currículo de esta materia en la comunidad».
Herrera y la razón «moral»
El presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, remarcó aye que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que desestima el recurso del Gobierno sobre el desarrollo curricular de la asignatura de Educación para la Ciudadanía da la razón
En una comparecencia ante la prensa tras entrevistarse en Lisboa con el presidente de la República de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, el dirigente de la Junta de Castilla y León opinó que el Ejecutivo central tuvo la oportunidad de retirar el recurso contra el diseño curricular de la asignatura en el momento en el que el Tribunal Supremo respaldó esta materia y lamentó que no lo hiciera. Herrera recordó que la postura de la Junta al desarrollar la normativa estatal fue la de liberar la materia de carga ideológica.