Las empresas editoras deberán ser compensadas por usar sus contenidos

La nueva Ley de Propiedad Intelectual perseguirá las webs que alojen listados ‘pirata’.

La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Cultura, José Ignacio Wert.

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agencias | madrid
León

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El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley de Propiedad Intelectual que introduce el derecho de empresas editoras de ser compensadas por el uso de sus contenidos, crea la ventanilla única para el pago de los derechos de propiedad intelectual y persigue a las páginas que albergan listados piratas.

Una reforma que ha sido recibida con cautela por el sector cultural y por el principal grupo de la oposición, partidarios de profundizar y ampliar la interlocución durante su tramitación parlamentaria. El portavoz socialista en la Comisión de Cultura del Congreso, Andrés Torres Mora, dijo en una valoración inicial que para el PSOE ha faltado «un diagnóstico riguroso de la situación» y un «diálogo sustantivo» con los actores afectados para alcanzar un «consenso sólido». «Preocupada» por la redacción actual de la ley se ha mostrado la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que espera que el proyecto sea «sensiblemente mejorado», pues, a pesar de los últimos cambios introducidos, «sigue colocando al sector cultural en España en desventaja con respecto al de otros países de nuestro entorno».

Cedro, el encargado

Así, una de las principales novedades que introduce el texto se refiere a las reseñas de prensa de los agregadores de contenidos (por ejemplo, Google News), al reconocer el derecho de las empresas editoras y autores de noticias a ser compensados económicamente por la explotación de sus contenidos. Fuentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte señalaron que el Centro Español de Derechos Reprográficos (Cedro) se encargará de fijar y recaudar las tarifas para los agregadores de contenidos. Pero si en tres meses no hay un acuerdo sobre las tarifas, la Comisión de Propiedad Intelectual (CPI) será la encargada de fijarlas; el plazo de implantación será de 5 meses.

Esta medida fue calificada de «pionera» por el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, quien explicó que se autoriza así con carácter general el uso de fragmentos no significativos de contenidos, ya sean informativos, de entretenimiento o formadores de opinión, pero con un «derecho irrenunciable» a una compensación equitativa. Francia y Alemania han puesto en marcha mecanismos similares: el Gobierno francés ha llegado a un acuerdo con los principales agregadores de contenidos que no han satisfecho a los editores, mientras que en Alemania cada editor debe negociar por su cuenta.

El proyecto aborda también la regulación de las entidades de gestión de derechos de autor de forma que establece un mecanismo de control por parte de la Secretaría de Estado de Cultura y, en segundo lugar, a la CPI, que asume funciones en materia de tarifas ante las quejas de los usuarios por falta de transparencia. Asimismo, establece un sistema de recaudación de ventanilla única como medio de facturación y pago, con lo que se pretende simplificar y reducir los costes de transacción para los usuarios (restaurantes, hoteles, peluquerías, etc.).

Para ello, todas las entidades de gestión tendrán que constituir obligatoriamente un asociación privada que recogerá en una web las tarifas aplicables y tramitará su pago.

En materia de lucha contra la piratería intelectual, la ley atacará «las vulneraciones a gran escala», y se podrá actuar contra las web que tengan como principal actividad facilitar de forma masiva la localización de contenidos ofrecidos ilícitamente. Se abre también la vía jurisdiccional civil para que el titular que vea dañados sus derechos pueda solicitar a un juez la identificación del titular de una página web que difunda a gran escala contenidos protegidos.

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La norma dota a la CPI de mecanismos para estrangular económicamente a las páginas que no atiendan a los requerimientos de retirada de contenidos vulneradores de los derechos de autor a través de la colaboración de intermediarios de pago electrónico y de publicidad, y que puede llegar al bloqueo de la web. En caso de incumplimiento se podrán imponer sanciones económicas que oscilarán, en principio, entre los 30.000 y los 300.000 euros.