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Aministía olímpica para los dopados de medio año

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efe | madrid

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) decidió ayer que la llamada «regla Osaka» del COI que prohíbe participar en los siguientes Juegos Olímpicos a los deportistas sancionados al menos seis meses por dopaje, aunque hayan cumplido el castigo, «es inválida e inaplicable». Según un comunicado del TAS, este organismo entiende que la aplicación de esta norma, que impulsó el COI y empezó a aplicar tras los Juegos Olímpicos de Pekín 2008, supondría extender el tiempo de sanción, algo que contraviene el Código Mundial Antidopaje y los propios estatutos del COI. «Si el COI quiere excluir de los Juegos a los atletas que han sido sancionados por dopaje podría proponer una enmienda al Código Mundial Antidopaje, lo que podría permitir a otros firmantes considerar esa modificación y adoptarla», indica la resolución.

Para el TAS, al reconocer el COI la aplicación del Código Mundial Antidopaje como una parte de su propio estatuto de gobierno, «la regla Osaka es de hecho una violación de los propios estatutos del COI y es por tanto inválida e inaplicable».

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