El código disciplinario
Artículo 92
El club que, por segunda vez en una misma temporada, inclumpla su obligación de abonar los correspondientes honorarios arbitrales en la forma, cunatía y condiciones que la RFEF tenga establecidos, será sancionado con multa de 602 a 3.006 euros.
Si lo fuese por tercera vez, se le deducirán dos puntos en su clasificación.