Diario de León

fútbol

Éder Prada, 22 meses inhabilitado

Competición castiga además al Dehesas con 450 euros por permitir utilizar al sancionado la credencial del delegado Miguel Ángel Abella al que le cae un mes de suspensión por ceder el título .

Formación del Atlético San Francisco que milita en la 1.ª División Provincial de Aficionados.

Formación del Atlético San Francisco que milita en la 1.ª División Provincial de Aficionados.

Publicado por
ROBERTO ARIAS | LEÓN
León

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El expediente incoado por los incidentes acaecidos a la finalización del encuentro disputado el pasado 20 de diciembre en el Área Deportiva de Puente Castro entre el Atlético San Francisco y el Dehesas eeflejados por el árbitro en el acta del partido y que acabó con tres jugadores y el entrenador del equipo franciscano en el complejo hospitalario de León, y con dos jugadores del conjunto berciano atentidos en Ponferrada, además de un cruce de denuncias por todos los afectos, el Comité de Competición de la Delegación Leonesa de Fútbol decidió sancionar Eder Prada Combarros integrante del Atlético Templario pero que realizaba

funciones de delegado del Dehesas con un año y medio de suspension (Art.123 de los Estatutos), al quedar suficientemente acreditado ser el autor material de las graves lesiones sufridas por varios integrantes del San Francisco, ya que su participación en los hechos no fue con un ánimo de legítima defensa ante la trifulca formada por varios jugadores de ambos equipos, sino con un ánimo inequívoco de causar daño, tal y como se deduce del acta arbitral y de la demás documentación aportada al Comité.

Además, se le suspende con otros cuatro meses de suspensión (Art 132 1º de los Estatutos) por incumplimiento consciente de las obligaciones reglamentarias, ya que realizó funciones de delegado, a sabiendas de estar utilizando la licencia federativa de otro delegado y usurpando sus competencias y atribuciones.

Igualmente sanciona a Miguel Ángel Abella Arias, delegado del Dehesas, con un mes de suspension por prestar o ceder el título permitiendo que una persona ajena ejerciera sus funciones (Art 139 1ºA y 2º de los Estatutos).

Además, se sanciona con multa económica de 450 euros al Dehesas (Art 113 g. y 113 j. en relación con el Art. 152 1A de los Estatutos). por ceder la credencial de un delegado a Eder Prada Combarros con el fin de que ejerciera como tal, hecho sancionable conforme al Art 139 1º A y 2º de los Estatutos.

Por otro lado, las denuncias efectuadas ante los juzgados continúan su curso.

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