Diario de León

Los empleados públicos de baja temporal por enfermedad cobrarán menos desde ahora

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amparo estrada | madrid
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Ayer entró en vigor la rebaja de las retribuciones a los empleados de las Administraciones Públicas que se acojan a una baja laboral, tal y como se establecía en la disposición adicional décimooctava del decreto de julio de medidas de recorte para garantizar la estabilidad presupuestaria.

Durante los tres primeros días de baja sólo percibirán el 50% de su sueldo; desde el cuarto día de baja hasta el vigésimo recibirán el 75% de su retribución habitual —sumando lo que les abone la Seguridad Social y el complemento de la administración—.

A partir del día vigésimo primero se les reconocerá una prestación equivalente al cien por cien de las retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Estos recortes se aplicarán en los casos de incapacidad laboral por contingencias comunes. En los supuestos de hospitalización e intervención quirúrgica siempre se abonará el cien por cien desde el primer día, según recoge el real decreto de julio.

Además, el sindicato de funcionarios CSIF señala que tampoco serán objeto de minoración las retribuciones cuando la baja del empelado público se deba a tratamientos de radioterapia o quimioterapia ni en el caso de embarazadas. Por otra parte, CSIF ha presentado al Gobierno una serie de alegaciones para que al colectivo de pacientes en tratamientos, crónicos, como enfermedades cardiovasculares, no se les aplique esta disposición, dado que el tratamiento.

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