Cuenta atrás para jubilarse antes
Quedan menos de quince días para pactar despidos colectivos que eludan el endurecimiento del retiro mientras que la Inspección de Trabajo vigilará los forzosos.

Valeriano Gómez asegura que el PSOE no ve «razón de urgencia» para firmar el decreto.
Los trabajadores afectados por los ERE aprobados antes del próximo 1 de abril podrán seguir jubilándose anticipadamente con las condiciones anteriores a la reforma aprobada por el Gobierno el pasado viernes. Eso significa que podrán acogerse al retiro anticipado a los 61 años, con sólo 30 años de cotización y con una pensión mayor con menos años cotizados porque los coeficientes reductores a aplicar son del 7,5% para menos de 34 años cotizados, 7% entre 35 y 37 años, 6,5% entre 38 y 39, y 6% para más de 40 años cotizados.
Sin embargo, para los que sean despedidos en el marco de un ERE acordado después del 1 de abril las condiciones se endurecen: se exigirán 33 años cotizados (tres más que con la ley derogada), la edad para la jubilación anticipada forzosa se irá incrementando progresivamente desde los 61 años y un mes hasta los 63 (salvo para los que hayan cotizado más de 38 años y medio que se mantendrá en 61 años); y los coeficientes reductores irán desde el 1,875% por trimestre (7,5% anual) para los que tengan cotizados menos de 38 años y medio hasta el 1,5% trimestral (6% anual) si se han cotizado más de 44 años y medio. Es decir, serán necesarias carreras laborales más largas para tener los mismos coeficientes correctores que con la anterior ley. El real decreto ley aprobado el vienes en Consejo de Ministros y publicado ayer en el BOE, da de margen menos de quince días para aprobar expedientes de regulación de empleo (ERE) y planes de jubilación parcial que escapen del endurecimiento de las condiciones. Una vez acordados, disponen hasta el 15 de abril para comunicarlos a la Seguridad Social.
El acuerdo en Iberia entre la dirección y los sindicatos para realizar 3.141 despidos con las condiciones del ERE del 2001, las extinciones pactadas en el Banco Santander el mismo día en que se aprobaba el real decreto, o las que están por acordarse en otras entidades financieras, son sólo algunos ejemplos de colectivos que se van a beneficiar. Los prejubilados ganan años de pensión y cuantía y la empresa se ahorra dinero al tener que abonar el complemento salarial menos tiempo.
Indemnizaciones
Para evitar ‘trampas’ con las que beneficiarse de las mejores condiciones de las jubilaciones forzosas respecto a las voluntarias (anticipación del retiro, menor reducción de la pensión y menos años cotizados), la Inspección de Trabajo extremará los controles para prevenir y reprimir los supuestos de fraude de ley relativos a despidos objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción con el fin de que el empresario y el trabajador no acuerden simular un despido objetivo para que pueda acceder antes a la jubilación anticipada.
Asimismo, en el marco del control de las prestaciones por desempleo, se podrá exigir al trabajador despedido que acredite haber percibido la indemnización legal correspondiente o, si no la hubiera cobrado, que haya interpuesto demanda judicial reclamando dicha indemnización.
Por otra parte, el portavoz de Economía y Empleo del PSOE en el Congreso de los Diputados, Valeriano Gómez, anunció que el PSOE va a estudiar la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto Ley de medidas en materia de pensiones aprobado por el Gobierno al entender que «no hay razón de urgencia» para utilizar esta figura. «No hay ningún precedente en la utilización de la figura del decreto ley para reformar el sistema de pensiones», dijo y aseguró que, al actuar de esta forma, el Gobierno se ha «burlado» del Pacto de Toledo.