La ley antidesahucios limita bajar el valor en los embargos
Las entidades financieras se adjudicarán las viviendas por el 52,5% de su valor inicial de tasación en los procesos de ejecución hipotecaria por impago, de acuerdo con los límites fijados en el proyecto de ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuraciones de deuda y alquiler social.
Los bancos no podrán sacar a subasta la vivienda ejecutada por debajo del 75% del valor de tasación y, si la subasta queda desierta, la entidad financiera no podrá adjudicarse ese inmueble por menos del 70% del valor de subasta.. Esto supone un incremento respecto a la situación actual ya que no hay regla para la subasta y si queda desierta la entidad financiera se la adjudica por el 60% del valor de salida. La ley estará en vigor a finales de este mes o primeros de mayo y aunque se amplió hasta ayer el plazo para presentar enmiendas, fuentes del Ministerio de Economía señalaron que no se van a aceptar grandes cambios.
Precisamente, el grupo socialista presentó ayer mismo una enmienda al proyecto de ley contra los desahucios que recoge íntegramente el texto de la Junta de Andalucía autorizando las expropiaciones forzosas del uso de vivienda que sea propiedad de entidades financieras durante tres años en caso de desahucio de familias en situación de vulnerabilidad.