Diario de León

Parados temporales en la administración

. El Tribunal Supremo limita el uso de desempleados en los entes públicos sólo a trabajos con límite de tiempo .

Publicado por
David Valera | Madrid
León

Creado:

Actualizado:

Una sentencia del Tribunal Supremo limita la utilización de parados para empleos de colaboración social por parte de la administración sólo a trabajos «temporales». Es decir, que las tareas de voluntariado que estas personas realizan en muchos ayuntamientos —por ejemplo, reparación o limpieza tras un incendio forestal u otra catástrofe— a cambio de cobrar la prestación por desempleo no pueden prorrogarse indefinidamente ni convertirse en los cometidos propios del personal habitual de la administración. Un peligro contra el que los sindicatos habían alertado al considerar que algunas administraciones utilizaban esta normativa en tiempos de crisis para suplir con los desempleados el trabajo de los indefinidos despedidos. El Alto Tribunal recuerda que para hacer uso de este tipo de contratos es necesario que la administración justifique una «utilidad social que redunde en beneficio de la comunidad» y que además tengan carácter temporal. «Estos contratos son necesariamente temporales puesto que solamente pueden concertarse con perceptores de prestaciones por desempleo que nunca son indefinidas», matiza la sentencia.

tracking