Diario de León

Cuenta atrás en las empresas para la reforma penal que las atará en corto

A partir del 1 de julio se castigará la falta de diligencia contra el fraude.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá.

Publicado por
José Antonio Bravo | Madrid
León

Creado:

Actualizado:

«La corrupción no solo se debe relacionar con el ámbito público, sino también con el societario». Así ha justificado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, la última reforma del Código Penal que, en general, viene a endurecer el tratamiento legal de las empresas. Es el segundo mayor problema para los españoles —sólo por detrás del paro, según el CIS— y, además, según una encuesta de EY, para casi el 70% de los directivos el soborno es habitual.

A la cuenta atrás para su entrada en vigor le restan apenas 10 días —el texto será de aplicación desde el próximo 1 de julio— y esa ha sido precisamente una de las primeras quejas de las propias compañías y de los profesionales que las asesoran. «Es la primera vez que una norma penal tan importante tiene una ‘vacatio legis’ (el tiempo que trascurre entre su aprobación y su aplicación efectiva) inferior a seis meses», lamenta Alfredo Domínguez, coordinador del grupo de Corporate Compliance del bufete Cuatrecasas.

Una opinión similar tiene sus colegas de otros despachos de abogados, que admiten «cierta preocupación» empresarial por el poco tiempo de margen. Y más aún cuando sobre la mesa está la ampliación del catálogo de actuaciones irregulares que se tipifican como delitos —en vez de infracciones administrativas, como ocurría hasta ahora con algunos—, para las que se prevén un abanico de castigos que van desde la multa —«la única pena siempre obligatoria», señalaba el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Antonio del Moral en una jornada sobre la reforma organizada por la Fundación Areces— a la inhabilitación para obtener subvenciones, la suspensión de actividad, la intervención judicial o incluso, directamente, la disolución de la sociedad.

Alternativa

La ventaja —«la principal» del ‘nuevo’ texto, apostilla Ricardo Noreña, socio responsable de Forensic de EY— es que las empresas disponen de una alternativa para eludir las sanciones. Deberán contar con planes de prevención antes de la comisión del delito, es decir, una serie de mecanismos de control interno «eficaces». Pero no valdrá con «una operación de lavado de cara», advertía en el mismo foro el exfiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo. «Habrán de ser (las ‘compliance guide’) programas demostrables y de cumplimiento riguroso », indicaba.

El nuevo artículo 31 del Código recoge en grandes líneas los requisitos que tendrán que cumplir esos mecanismos. Por ejemplo, «disponer de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados», o la «obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos» a un organismo autónomo (el llamado ‘órgano de vigilancia’), que cada empresa habrá de crear salvo en las pymes —donde podrá ser el propio consejo—. Asimismo, deberá tener un sistema disciplinario «adecuado» y realizar una «verificación periódica» de su funcionamiento, a fin de evitar que haya «omisiones» o un «ejercicio insuficiente» del mismo.

tracking