Diario de León
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Los contribuyentes que hayan conseguido que sus bancos les reintegren la parte de las cuotas hipotecarias que les habían cobrado de más al aplicarles la cláusula suelo están obligados a tributar por estas cantidades en la declaración de la Renta. Si en 2015 percibió estas devoluciones deberá presentar una liquidación complementaria a la de los años a los que se refiere esa devolución para actualizar el importe que se dedujo en su momento por adquisición de vivienda, tal y como explica el REAF. El resultado de esa nueva declaración supondrá, previsiblemente, un perjuicio como contribuyente, aunque se podrá desgravar los gastos de abogado o procurador abonados.

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