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miércoles

Los bancos a devolver las claúsulas suelo

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El Tribunal de la Justicia de la Unión Europea (TUE) sorpendió este miércoles al dictaminar que se debe aplicar retroactividad en la nulidad de las cláusulas suelo, en contra de lo recomendado por el abogado general y la sentencia del Tribunal Supremo, que fijó la fecha máxima para la devolución del dinero cobrado de más en el 9 de mayo de 2013. La sentencia considera que la limitación, incluida en muchas hipotecas de tipo variable referenciadas al índice euríbor, es totalmente abusiva, y que no incluir la retroactividad supone una protección «insuficiente de los consumidores».

La justicia europea concluye así que las cláusulas suelo son contrarias a la normativa comunitaria. «Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas suelo», afirma la sentencia publicada por el TUE.

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