El juez ve «inmoral» la contratación de Rato con empresas privatizadas
En contra del criterio de la Fiscalía y Hacienda, decide no investigarlo porque lo ve prescrito.
J. A. Bravo | Madrid
Rodrigo Rato acaba de lograr una victoria judicial importante, aunque no definitiva, en su intento por que se cierre lo antes posible la causa donde se investiga si ocultó a Hacienda parte de su cuantioso patrimonio. El juez Antonio Serrano-Arnal ha decidido archivar la pieza separada sobre los contratos de su entramado societario con una docena de compañías privatizadas mientras fue ministro de Economía con los gobiernos de José María Aznar.
El magistrado ha tomado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción —que recurrirá su resolución—, la Agencia Tributaria —a través de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (Onif)— y la Guardia Civil —mediante su Unidad Central Operativa (UCO)—. A todos les replica que de sus pesquisas y conclusiones «no resultan indicios bastantes y suficientes para entender» que Rato pudo incurrir en blanqueo de capitales por el dinero obtenido de sus contratos con antiguas empresas públicas, ni tampoco en un delito fiscal autónomo por ocultar presuntamente parte del mismo.
Por eso, dicta el sobreseimiento provisional de esta pieza, esto es, la archiva y solo se reabriría si más adelante aparecen nuevas pruebas. Porque, a su juicio, lo que ahora existe tras «examinar minuciosamente» tanto la documentación aportada por el fisco y la Guardia Civil, como el atestado de la UCO, es que estaríamos ante «coincidencias en el tiempo», entre el cargo político que ocupaba Rato y las decisiones comerciales de empresas privatizadas, que no irían «más allá de una mera hipótesis sin sustento básico actual».
Los detalles
En primer lugar, el instructor recuerda que en la época en que sucedieron los hechos —según sus cuentas, sociedades de Rato facturaron un total de 71,9 millones a antiguas empresas públicas entre 1998 y 2013, de los que casi el 35% los percibieron mientras él era ministro— el blanqueo no se consideraba un delito autónomo y, por tanto, solo se podía investigar junto a otro delito antecedente. En este caso sería el cohecho, entendido como una «dádiva, favor o retribución de cualquier clase» que pudiera recibir una autoridad o funcionario público por realizar «actos propios de su cargo».
Y según la UCO, el supuesto cohecho en que habría incurrido Rato sería aprovechar la privatización de las ‘joyas de la corona’ del antiguo ‘holding’ de compañías estatales (Telefónica, Repsol, Endesa, Altadis…) para situar en su presidencia a «personas de su confianza». Su fin último habría sido que luego contratasen publicidad con algunas de sus sociedades (sobre todo, COR Comunicación), «a precios muy elevados» y con «sustanciosas comisiones».
Pero Serrano-Arnal, aún admitiendo la existencia de irregularidades, estima de inicio que el posible cohecho habría prescrito ya «notoriamente», transcurridos más de 10 años desde que Rato dejó el Gobierno (2004) y, por tanto, desde la última vez en podría darse «el más mínimo indicio de su influencia». Ello —añade— «opera como barrera ante cualquier actividad indagatoria». Aún así, afirma que «no esta acreditado» que los nombramientos de esos presidentes de empresas «fuesen de la exclusiva potestad del investigado».