Los pactos entre Dinamarca, Suecia, Finlandia, Bélgica, Luxemburgo, Austria y Alemania, contrarios a derecho
La UE declara ilegales los acuerdos aéreos de cielos abiertos con EE.UU.
El Tribunal de Justicia de la UE declaró ayer martes, ilegales las cláusulas más importantes de los acuerdos aéreos bilaterales del tipo
Los acuerdos «de cielo abierto» celebrados entre siete estados miembros (Dinamarca, Suecia, Finlandia, Bélgica, Luxemburgo, Austria y Alemania) y los EE.UU. «son contrarios al Derecho comunitario». Además, la cláusula relativa a la propiedad y al control de las compañías aéreas, incluida en los acuerdos bilaterales suscritos con EE.UU. por esos mismos siete estados más el Reino Unido «constituye una discriminación incompatible con el Derecho comunitario», añade la nota. Desde el principio de los años noventa, la Comisión Europea ha intentado en varias ocasiones que los gobiernos de la UE la autorizasen a negociar con las autoridades americanas un acuerdo en materia de transporte aéreo, con el fin de sustituir los convenios bilaterales anteriormente celebrados con algunos Estados europeos que en aquel momento no eran miembros de la Comunidad. El Consejo confirió a la Comisión un mandato restringido para que negociara con los Estados Unidos, que no ha dado fruto. No obstante, EE.UU. ha ido negociando desde 1995 acuerdos bilaterales del tipo «de cielo abierto» con cierto número de Estados miembros. Los jueces comunitario reconocen que «no existe (en el tratado) una competencia comunitaria expresa» en materia de negociación de acuerdos de transporte con terceros países. No obstante, «la competencia de la Comunidad para celebrar acuerdos internacionales puede derivarse de manera implícita». Destaca igualmente que «cada vez que la Comunidad establece normas comunes, los Estados miembros ya no tienen la facultad de contraer obligaciones con países terceros si tales obligaciones afectan a dichas normas» y que «sólo la Comunidad puede asumir los compromisos contraídos».