Diario de León

Los impresos podrán presentarse hasta el próximo 30 de junio

Hoy se abre el plazo

Hacienda abre hoy el plazo de la próxima campaña de la renta correspondiente al ejercicio fiscal del 2002, que durará hasta el 30 de junio, tanto para la presentación de las declaracio

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Efe - MADRID.

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Los contribuyentes que deseen solicitar cita previa para que Hacienda les implemente su declaración pueden llamar al teléfono 901 22-33-44. Hasta el 20 de junio, los ciudadanos podrán solicitar que Hacienda les efectúe telefónicamente la declaración del IRPF, si es del modelo simplificado, en el número de teléfono 901 22-22-50, un servicio que funcionará de lunes a viernes de 9.00 a 21.00 horas. Este año no será necesario adherir etiquetas identificativas en las declaraciones implementadas con el programa de ayuda Padre y por ello, no se enviarán de forma generalizada. Sin embargo, el contribuyente que quiera solicitarlas podrá hacerlo en el teléfono 901 12-12-24, o en la dirección de Internet (www.agenciatributaria.es). Hasta el 20 de junio, con horario ininterrumpido, los contribuyentes pueden solicitar a Hacienda, además, el envío de datos fiscales de los que dispone para facilitarles la confección de la declaración en el teléfono 901 12-12-24, o en la dirección de Internet anteriormente mencionada. En Madrid, la campaña de la renta comenzará el lunes de la semana próxima ya que hoy, día 2 de mayo, es festivo en la capital. Reducción de módulos El Ministerio de Hacienda ha reducido los índices de rendimiento neto aplicables en el régimen de estimación objetiva (régimen de módulos) del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales durante el periodo impositivo del 2002. La orden ministerial firmada por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 30 de abril y entró en vigor ese mismo día de tal forma que los beneficiarios de esta reducción de módulos podrán aplicarla en su declaración de la renta. El artículo 35.4.1 del reglamento del IRPF establece que, cuando el desarrollo de las actividades económicas a las que fuese de aplicación el régimen de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones y otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, el Ministerio de Hacienda podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido un informe por el que se pone de manifiesto que, durante el 2002, se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas que se localizan en determinadas zonas geográficas que aconsejan hacer uso de esa autorización.

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