La reforma de la Ley de Haciendas Locales que llevará a cabo el Gobierno recoge la medida
Los ayuntamientos aumentarán el IBI a los dueños de casas vacías
En Madrid ya ha subido un 50% y con ello se pretende que los inmuebles salgan al mercado

Los propietarios de las viviendas en alquiler podrían pagar el doble de IBI si no las alquilan
Los ayuntamientos españoles podrán penalizar en el Impuesto de Bienes Inmuebles a aquellos propietarios de pisos que los mantengan desocupados, según informó ayer el edil de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Juan Bravo, quien subrayó que el objetivo de la medida es que estas casas salgan al mercado del alquiler. Bravo explicó que esta medida está recogida en la ley de acompañamiento de la reforma de la Ley de Haciendas Locales «que será modificada en los próximos días», por el Gobierno, según dijo. «Estamos en este momento en conversaciones en muchos municipios con la administración del Estado para fijar el concepto de vivienda vacía y trasladarlo a la ley de acompañamiento que entrará en vigor el 1 de enero», subrayó el edil. Según reveló, «se están teniendo en cuenta para la definición de vivienda desocupada varios parámetros como el consumo de la energía eléctrica promedio de las viviendas: por debajo de determinado consumo de kilowatios, se presumirá que la vivienda está vacía salvo que el propietario demuestre lo contrario». A través de esa modificación legal, se introducirá también, según Juan Bravo, «la obligación tributaria y legal de declarar, por parte del dueño de esa vivienda, que la misma está desocupada» y añadió que «estamos trabajando con el Catastro en establecer los mecanismos de control para censar esas viviendas y hacer su seguimiento». En Madrid recargo del 50 % El Ayuntamiento de Madrid recargará un 50 por ciento en el IBI a los propietarios de viviendas desocupadas en 2004, según Bravo, medida que no dará recaudación hasta 2005, ya que «tal y como está configurado el impuesto en la Ley de Haciendas Locales que será modificada, hasta el 31 de diciembre de 2004 no se devengará el recargo del impuesto en las viviendas que hayan estado vacías ese año». Según Bravo, «en 2005 se cobrará este recargo, pero la reforma es necesario acometerla ahora para que esté en vigor el 1 de enero próximo» y pueda empezar a contar el tiempo durante el cual la vivienda esté vacía. En su opinión, «el concepto de vivienda vacía será un elemento fundamental para definir la capacidad recaudatoria del impuesto, pero no nace con finalidad recaudatoria, sino para fomentar la oferta de vivienda en alquiler y bajar los precios». Además, permitirá «controlar las posibles bolsas de fraude que puedan existir, ya que todos sabemos que hay contratos de alquiler no declarados, cuya fianza no se deposita en el Instituto de la Vivienda de Madrid como está estipulado, y por tanto, este sistema nos permitirá controlar el fraude que pudieran existir». Esta medida pone de manifiesto la capacidad normativa de los ayuntamientos, al incluirse en la reforma fiscal.