Diario de León

La Comisión lanza una directiva que los países miembros deberán asumir en agosto del 2008

Bruselas promueve sanciones para acabar con la discriminación laboral

Reclama un marco legal más favorable para las mujeres que denuncien estas prácticas ilegales

Publicado por
Manuel Blanco - redacción
León

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Poner fin a la discriminación laboral por la vía del bolsillo. Éste es uno de los ejes centrales de actuación de una directiva marco que acaba de aprobar la Comisión Europea para aplicar el principio de igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. En realidad, lo que pretende Bruselas es que los países miembros establezcan severas indemnizaciones para poner coto a estas prácticas ilegales e incluso que se pongan en marcha regímenes jurídicos favorables a la parte demandante en los que sea la empresa, y no al revés, la que demuestre que no ha cometido irregularidad alguna. El Ejecutivo comunitario lleva casi tres décadas emitiendo disposiciones para atajar el fenómeno de la discriminación y cuyo resultado ha sido más que cuestionable. Un ejemplo: según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y de la OCDE, en España las mujeres no sólo registran una tasa de paro que duplica la de los hombres (6,36% de los primeros, por un 11,53% de las segundas), sino que los salarios de ellas son, de media, más de un 20% inferiores a los de ellos. Ahora, el Ejecutivo comunitario ha refundido todas las disposiciones en esta materia lanzadas desde 1974 hasta la actualidad para convertirlas en una directiva marco que los países miembros deberán trasponer a sus legislaciones en agosto del 2008. Novedades La principal novedad del texto comunitario es que pretende frenar la discriminación en el acceso a los empleos, las condiciones de trabajo, la formación o incluso las cotizaciones de la seguridad social por la vía coercitiva. Así, la directiva insta a los Estados a aprobar un régimen probatorio favorable a la parte demandante. De esta forma, si una persona se siente perjudicada en el principio de igualdad de trato y lo denuncia ante los juzgados, la parte demandada deberá demostrar que no ha vulnerado tal principio. En caso de que gane el pleito la demandante, los ordenamientos jurídicos de los países garantizarán una indemnización «proporcionada» para la parte vencedora y «disuasoria» para la empresa u organización que incurrió en la discriminación. En una línea similar, Bruselas exige a los integrantes de la Unión Europea (UE) que adopten las medidas necesarias para poder declarar nulo cualquier artículo que cuestione la igualdad de trato en convenios colectivos, contratos laborales, estatutos de personal, reglamentos internos de las empresas u otras organizaciones... Para completar este paquete de actuaciones, cada uno de los países creará un organismo independiente encargado de promocionar y velar por el cumplimiento de la igualdad de trato.

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