Diario de León

Francia establece en la Constitución la abolición de la pena de muerte

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Fernando Iturribarría - parísagencias | kabul
León

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El Parlamento francés, en sesión extraordinaria de sus dos cámaras reunidas en Versalles, introdujo este lunes en la Constitución la abolición de la pena de muerte, la reforma del estatuto penal del jefe del Estado y la congelación del censo electoral de Nueva Caledonia. Con esta tres nuevas modificaciones, ya son 22 las reformas constitucionales que se han producido en Francia desde la fundación en 1958 de la V República por el general De Gaulle. Jacques Chirac, albacea político del gaullismo, es el artífice de 17 revisiones desde su acceso al poder en 1995. A nueve semanas de la primera vuelta de las elecciones presidenciales, que deben poner término a la carrera política de Chirac, el Congreso de Versalles solemnizó el cumplimiento de tres de sus promesas electorales con una mayoría superior a los tres quintos de 574 diputados -hay tres escaños vacantes- y de 331 senadores. La reforma más consensual fue la inclusión en la Carta Magna gala de un artículo así redactado: «Nadie puede ser condenado a pena de muerte». La iniciativa, que se produce 25 años después de la abolición de la pena capital por el socialista François Mitterrand, tiene un alcance más simbólico que práctico puesto que el Consejo Constitucional ya otorgó luz verde a la ratificación en 2002 de un tratado internacional sobre la cuestión. Francia es desde este lunes el 45º estado del mundo que tiene erradicada la pena de muerte en la Constitución, 17 de ellos europeos. Las discrepancias cristalizaron en torno al estatuto penal del presidente de la República, constitucionalizado sólo con los votos de la conservadora y gobernante UMP, pero no de todos sus parlamentarios. Los centristas se pronunciaron en contra y se abstuvo la oposición de izquierdas. Privar de sus funciones Esta innovación, prometida por Chirac en 2002 cuando estaba acosado por los escándalos de corrupción, consagra la inmunidad temporal del presidente durante su mandato e instaura de un procedimiento de destitución inspirado en el modelo estadounidense del «impeachment». En adelante, el jefe del Estado podrá ser privado de sus funciones por los dos tercios de los parlamentarios «en caso de falta a sus deberes manifiestamente incompatible con el ejercicio de su mandato». La última revisión es consecuencia de los acuerdos de Numea y congela el censo electoral de Nueva Caledonia en 1998.

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