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Una factura que supone para las familias unos 1.100 euros mensuales

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La hormona del crecimiento sólo puede adquirirse en las farmacias hospitalarias por lo que los pacientes deben llevar la prescripción del facultativo correspondiente. Si el Comité Asesor ha dado el visto bueno al tratamiento el coste es gratuito para la familia, que adquiere la medicación en la farmacia del Hospital de León. Si el los miembros del Comité Asesor deciden que hay criterios para excluir al paciente del protocolo público las familias tienen dos opciones: o costearse el tratamiento, que según las dosis de hormonas está entres los 600 y los 1.100 euros mensuales -como en el caso del menor al que se refiere la sentencia-, o resignarse a que su hijo o hija tenga una estatura por debajo de la media.

La imposibilidad de la mayoría de las familias para hacerse cargo de este tratamiento es la principal razón de que, pese a que el especialista en endocrinología prescriba la hormona, algunos niños no pueden beneficiarse de sus efectos. Y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León también se pronuncia sobre ésto: «Tratándose de un medicamento de financiación pública de la adquisición en farmacias de la humatrope está sometida al artículo 94 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento y , hoy, al artículo 89 de la Ley 29/2006 de 26 de julio, sobre garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. La humatrope no aparece excluida de la prestación farmacéutica por las normas que desarrollan esas normas legales... sino que aparece regulado dentro de la clasificación anatómica, terapéutica y química como medicamento de aportación reducida en el Real Decreto 13448/2003 quedando por tanto incluido en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud».

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