Diario de León

El acusado afirma que la denuncia es falsa porque sufre disfunción eréctil

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El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos también de la infracción descrita en el artículo 182 del Código penal (practicar sexo a través de engaño con mayores de 13 años y menores de 16) estimando que se había producido acceso carnal y ello por la penetración bucal. «Sin embargo la declaración prestada al respecto por la joven en el plenario, no fue en dicho extremo clara y precisa, abrigando la Sala serias dudas acerca de la realidad del hecho, que lleva al Tribunal en aplicación del principio in dubio pro reo a tenerlo como no suficientemente probado». La defensa del culpable planteó en el informe oral y a lo largo del juicio, la disfunción eréctil que padecía el condenado como argumento para desmentir los abusos».

No hay datos objetivos

«Sin embargo ningún dato objetivo hay en autos de dicho padecimiento, ni ha presentado ningún informe médico que lo diga. La prueba pericial solicitada cuando ya había sido señalado el juicio oral fue denegada por impertinente y extemporánea, además de tener que venir referida a hechos ocurridos hace diez años, no existiendo como decimos ningún dato clínico que hable de dicho padecimiento del culpable ni actualmente ni con anterioridad en tan lejana fecha, además de que dicha dolencia habrá que ponerla en relación con la importancia del estímulo».

Aunque no fue solicitada por el Ministerio Fiscal, la Sala dictaminó, a la vista de que la víctima dice tener miedo de su padre sobre todo a raíz de la denuncia formulada contra él, la prohibición de comunicación por cualquier medio y aproximación a su hija cuatro años.

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