La recaudación de impagos por la vía ejecutiva creció un 39% en el año 2012
Los ingresos fuera de periodo voluntario por multas se dispararon hasta un 42%.

La falta de pago en periodo voluntario abre la vía ejecutiva, que es notificada por el Ayuntamiento de León a los deudores.
En uno de los puntos del plan de ajuste se subrayaba que el Ayuntamiento reforzaría «la eficacia de la recaudación ejecutiva» para aumentar los ingresos. Entradas de capital que se escapan de la vía voluntaria de pago y tenía que ser reclamadas a los titulares. Un propósito que, de acuerdo a los datos iniciales de cierre de la recaudación municipal, ha conseguido que el cobro de multas en ejecutiva aumente un 42% con respecto al año 2011. Sanciones pendientes, conseguidas mediante embargos, que han sumado en total en el pasado ejercicio 1.101.457 euros —más 164.212 euros de costas—, frente a los 773.025 euros —con 151.577 de costas— del año precedente. Dinero que procede de sanciones de tráfico, de la ORA, de inspecciones urbanísticas o de cualquier otra ordenanza, como las de convivencia, la de drogodependencias, la de animales o la de limpieza y residuos, que no sólo corresponden a multas interpuestas durante el año, sino que parte de ellas proceden de anteriores. Una abultada lista que hace que casi la mitad de los embargos que realiza la administración municipal procedan de multas no satisfechas.
Los datos se encuadran dentro del crecimiento del 39,1% que ha experimentado toda la recaudación ejecutiva en el Ayuntamiento de León. Un grupo en el que junto a las multas figuran los requerimientos por impagos de impuestos, tasas o precios públicos que no han sido desembolsados por parte de sus titulares dentro del periodo voluntario. En total, 9.112.682 euros, a falta de aquilatar el cierre definitivo de la recaudación municipal, que suponen una subida de 3.567.508 euros con respecto a lo que se había ingresado por este método durante el 2011, cuando la cifra definitiva se quedó en 5.545.174 euros. «Los datos demuestran que el sistema de recaudación está mejorando y haciéndose mucho más efectivo», resume el concejal de Hacienda, Agustín Rajoy.
Hasta el embargo
El proceso ejecutivo requiere una tramitación de meses. La negativa a cumplir con las obligaciones tributarias activa el resorte de cobro en vía ejecutiva. Una larga cadena que abre el procedimiento de embargo, después del plazo aproximado de un mes que se da tras la notificación al deudor para que pague, con el consiguiente recargo por haber transgredido los plazos que sí cumplen el resto de los ciudadanos. Pero si no se consigue, se pasa a la intervención en cuentas abiertas en entidades de depósito. El primer nicho al que se acude en busca de lograr el dinero y al que siguen en gradación, sin simultanearse, la búsqueda de encontrar el pago en créditos, efectos y valores y derechos realizables a corto plazo; en sueldos, salarios y pensiones; en bienes inmuebles; en establecimientos mercantiles o industriales; y en vehículos. Una escala que termina, si no se satisface la deuda, con la valoración de lo enajenado y la salida a subasta pública para conseguir los fondos.