Diario de León

El Supremo rebaja la condena a una proxeneta nigeriana que actuó en León

La deja en cuatro años porque la actividad se ejerció «libremente y sin engaños».

Miguel Ángel Zamora
León

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La sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó a cuatro años la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Vizcaya a una nigeriana a la que había condenado a cinco años de prisión por un delito de inmigración ilegal contra varias extranjeras a las que obligó a prostituirse en clubes de alterne de León y Valladolid.

El Alto Tribunal sostiene que las víctimas no fueron objeto de violencia, ni intimidación ni engaño, por lo que ejercieron la actividad de forma libre, de acuerdo al texto de la sentencia definitiva. Es por eso que procede reducir la pena al límite mínimo de la mitad inferior, que se queda en cuatro años.

El apartado de hechos probados del fallo sistiene que en un momento no determinado del año 2008, la imputada «de común acuerdo con familiares suyos a quienes no afecta esta sentencia (un hermano y una hermana), se propuso introducir en España, al margen de las leyes españolas de inmigración y estancia de extranjeros no comunitarios, a una compatriota suya, para aprovechar la situación de necesidad de la víctima, que carecía de medios de vida en España, obligándola a prostituirse para pagar una deuda supuesta de 40.000 euros contraída con ella por el pasaje aéreo y la estancia posterior».

«Así, tras llegar la víctima a España procedente de Nigeria, la recogió en el aeropuerto de Madrid-Barajas el hermano de la condenada y tras permanecer en Lérida durante un mes, llegaron a Durango, en donde permaneció algún tiempo en el domicilio de la acusada. Al llegar a España, en momento no precisado, el hermano de la procesada le quitó el pasaporte, que después entregó a la condenada, quien lo mantuvo retenido hasta tanto le fuera abonada la «deuda»

«A lo largo del año 2009, mantuvo en la prostitución a su compatriota en establecimientos de las provincias de León y Valladolid a los que aquella la envió, recibiendo dinero a cuenta del pago de la «deuda», dinero que ingresaba en sus cuentas corrientes o sacándolo la misma de su cuenta haciéndose pasar por ella gracias a la documentación que poseía. El importe percibido fue de 9.000 euros».

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