Diario de León

Condenan a una clínica de estética por permitir operar a un médico sin título

Deberá indemnizar a una paciente con 12.000 euros por un estiramiento de párpados .

Fachada del Instituto Glam de León, donde trabajan los doctores condenados.

Fachada del Instituto Glam de León, donde trabajan los doctores condenados.

Miguel Ángel Zamora
León

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El juzgado de Primera Instancia número 4 de los de León condenó al Instituto Glam de Medicina Estética, Capilar y Dental a indemnizar con 12.149 euros a una paciente a la que sometió a una intervención quirúrgica para estrirarle los párpados y a resultas de la cual la víctima sufrió daños y secuelas. La intervención quirúrgica fue realizada por un médico cubano que no está en posesión de la titulación legal para ejercer en España, según se recoge en el fallo.

El apartado de Fundamentos de Derecho de la sentencia explica en su apartado cuarto que la mujer se sometió a una blefaroplastia para corregir el exceso de piel que presentaban sus párpados. El representante legal del Instituto Glam reconoció que se trataba de la primera vez que se aplicaba esta técnica en el centro y que el doctor que efectuó la intervención, natural de Cuba, tiene titulación de licenciado en Medicina y está colegiado en Madrid pero carece de titulación específica de estética «homologación que está tramitando, aunque ha realizado muchas operaciones de este tipo sin que la falta de homologación le limite para practicarlas, porque se siente capacitado para ello».

Informe falso

El juez reprocha la hoja clínica aportada al juicio «porque hace constar los consumos sanitarios con detalle minucioso pero falta la concreción del tipo de operación que se llevó a cabo, ni referencia a quién practicó la sedación anestésica ni la evolución de la paciente hasta el alta». Sostiene el juez que probablemente el documento se elaboró después de presentada la denuncia por la paciente. La sentencia destaca la buena fe de la víctima «que confió en exceso, quizá por las relaciones de vecindad existentes con uno de los demandados».

Describe cómo dos días antes de la operación fue recogida en la estación de trenes de Valladolid para su traslado a León, que pagó la operación al doctor en su casa y que los puntos se los quitó otro médico y que ante los resultados uno de los propios imputados la acompañó al Hospital 12 de Octubre de Madrid, a un dermatólogo y a un oftalmólogo. También recuerda que la publicidad del centro en internet «responde con la cualificación de cuantos trabajan en el instituto».

La representación legal de la víctima exigía una indemnizacion de 59.148 euros, en concepto de daños y perjuicios. Los letrados de los demandados exigían sentencia desestimatoria y que como máximo se fijara una indemnización de 2.814 euros. Actualmente, la afectada sufre unas secuelas estéticas, funcionales y anatómicas, graves que requieren su corrección mediante tratamiento quirúrgico especializado complejo (ectropión de párpado inferior en ambos ojos y conjuntivitis de exposición), siendo las secuelas fruto de una falta de medios físicos y humanos por insuficiente experiencia y cualificación acreditada de los médicos del Instituto Glam «que son la causa de una praxis no sujeta a la Lex Artis según el estado de la ciencia y el conocimiento en las especialidades de Cirugía Plástica, Estética, y Reparadora, y/ o en la Especialidad de Oftalmología, además de un cuadro de ansiedad y depresión tratado con medicación», según se recoge en una nota de prensa emitida por el Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos defendieron a la víctima.

Este mismo organismo anuncia que estudia la puesta en marcha de acciones civiles contra el doctor, por ejercer la profesión sin titulación.

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