Diario de León

La Junta no castiga el ‘mobbing’

Un informe plantea a Educación, después de 16 meses, sancionar al jefe de una profesora a la que la Junta tuvo que pagar 14.500 euros por acoso durante 15 años.

La sentencia del TSJ de Castilla y León fijó una indemnización de 14.500 euros.

La sentencia del TSJ de Castilla y León fijó una indemnización de 14.500 euros.

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Ana Gaitero | León
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Dieciséis meses después de que la Administración de la Comunidad Autonóma de Castilla y León fuera condenada a pagar 14.500 euros a Marta Balmaseda, profesora de la Escuela de Arte de León, por acoso laboral la Junta no ha castigado al profesor. Ni siquiera ha instruido un expediente disciplinario para determinar si ha cometido una falta grave.

Fernando Vicent se incorporó a mediados de marzo a las aulas como jefe del departamento de Pintura de Vidrieras, después de más de un año de baja por enfermedad, sin que la Consejería de Educación ni la Dirección Provincial hayan adoptado las medidas disciplinarias anunciadas cuando se conoció la sentencia, en diciembre de 2011.

«Es injusto que la Junta hiciera oídos sordos a lo que pasaba en la Escuela de Arte, con una situación de acoso que yo sufrí durante 15 años, y que ahora siga sin tomar medidas contra quienes han causado el daño, no sólo el que era mi jefe, sino todos los que no cumplieron con su deber empezando por la Inspección educativa», afirma Balmaseda.

Actualmente, la profesora está jubilada por enfermedad profesional. Padece saturnismo, una patología causada por inhalación de plomo. «Tampoco hicieron caso a mis denuncias por falta de seguridad en el trabajo. Yo no tenía extractores en mi taller, pero el señor Vicent sí», alega.

De oficio

Ahora, un informe jurídico de la Delegación Territorial de la Junta, al que ha tenido acceso DIARIO DE LEÓN, plantea posibles medidas en un procedimiento de responsabilidad patrimonial por daños causados por un empleado público.

La primera es una «eventual acción de repetición o de regreso» para resarcir el daño patrimonial causado a la adminitración tras ser ejecutada la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En virtud del artículo 145 de la Ley 30/1992, dice el informe, la administración «exigirá de oficio de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, culpa o negligencia grave» instruyendo el pertinente procedimiento reglamentario.

«Para la exigencia de dicha responsabilidad se ponderarán, entre otros, los siguientes criterios: el resultado dañoso producido, la existencia o no de intencionalidad, la responsabilidad profesional del personal al servicio de las Administraciones públicas y su relación con la producción del resultado dañoso», señala el citado artículo.

El informe plantea en segundo término la posibilidad de incoar un expediente disciplinario para determinar si los hechos pudieran calificarse como muy graves.

El informe pone sobre la mesa una tercera medida, el cese como jefe de departamento del funcionario tal y como recoge la normativa que rige el funcionamiento de las Escuelas de Arte de Castilla y León. «El director provincial de Educación podrá cesar a los jefes de departamento antes de terminar su mandato, a propuesta del director del centro, mediante informe razonado, oído el departamento y con audiencia del interesado».

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