Diario de León

La sentencia habla de «terminación anormal» de haber seguido el proceso

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Todos los argumentos que esgrime el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León para revocar la sentencia del Contencioso de León y dar carpetazo a todas las actuaciones contra el concurso-oposición que la Diputación provincial inició en el 2008, se resumen en uno solo: aquel que dice que de haberse seguido con el proceso habría tenido una «terminación anormal».

Y el porqué una vez más es la «desaparición del objeto». Razón por la que el alto Tribunal de la Comunidad señala que no es «posible compartir el criterio del Juzgado de Primera Instancia», que se desvincula de este objeto, pese a ser uno de los «componentes definidores» de su argumentación para anular las oposiciones.

Esta «pérdida sobrevenida» debería haber dado por terminado el proceso de instancia, ya que constituye un «impedimento para abordar el examen de las cuestiones sustantivas suscitadas en esta segunda instancia», esgrime la sentencia de los tres magistrados del TSJ.

Por tanto, para el Tribunal Superior ya no tiene sentido entrar a valorar si en la sentencia del juzgado de León «existe incongruencia interna o contradicción respecto de la denuncia de irregularidades (filtraciones) en la celebración de dos ejercicios de la fase de oposición»; si se le puede dar «validez» a la actuación del tribunal del concurso-oposición a la hora de fijar la «nota de corte»; o si se analiza «el alcance de la anulación declarada en la sentencia del Contencioso respecto a los funcionarios interinos que venían ocupando los puestos vinculados a las plazas ofertas». Todo esto queda invalidado al desaparecer el objeto de recurso, lo que el TSJ argumenta a partir de varias sentencias del Supremo y del Constitucional.

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