El TSJ obliga a mantener las plazas de bombero en el presupuesto de 2012
El Contencioso rechaza el recurso del Ayuntamiento, que todavía puede ir al Supremo.
La batalla abierta entre el Ayuntamiento de León y los opositores a 12 plazas de bombero escribe una nueva página en los tribunales. Al tiempo que el equipo de gobierno ultima una nueva vía judicial con la solicitud de anulación de las oposiciones, amparándose en un informe de declaración de lesividad firmado por la secretaria general de la institución, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Valladolid, ha desestimado el recurso del Ayuntamiento contra la decisión de no incluir las citadas plazas en el presupuesto de 2012.
En el fondo de la batalla en los tribunales está si las oposiciones no tenían consignación presupuestaria, como dice el actual equipo de gobierno, o sí la tienen, como defienden los opositores para mantener viva la obligación del Ayuntamiento de dotar las citadas plazas.
En el decreto, de 30 de mayo pasado, la Sala comunica al abogado municipal que «procede desestimar el recurso de reposición contra la referida resolución procesal toda vez que, el artículo 134.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo establece que «el auto que acuerde la medida se comunicará al órgano administrativo correspondiente, el cual dispondrá su inmediato cumplimiento…».
Contra la decisión ya no cabe recurso ante el TSJ, aunque al Ayuntamiento todavía le quedará la vía de acudir al Supremo.
Proceso iniciado
Por tanto, sigue vigente lo que la misma Sala dijo en un auto del 6 de noviembre del año pasado en el que consideraba que «la decisión de amortización incide directamente en un proceso selectivo ya iniciado, dejándolo sin contenido mediante la amortización de las plazas o puestos vinculados a él, y privándoles de ese modo de un derecho adquirido». «Un verdadero derecho a que la convocatoria se desarrollase, hasta su finalización, en las condiciones previstas en la misma ya que, aunque no había nacido el definitivo derecho a la adjudicación de ninguna plaza, sí habían sido dictados actos jurídicos singulares que, a mayores de los efectos de la propia convocatoria, producían efectos favorables para los participantes admitidos», añadía el auto.
El Ayuntamiento ya había mantenido entonces ante el TSJ que no existía consignación presupuestaria y que, por tanto, se debían amortizar. Un argumento que en la misma resolución de noviembre del año pasado se dice que «no puede ser acogido, ya que dicha consignación ha de entenderse en una consideración adjetiva, respecto al cumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Administración municipal demandada, pues supuesta la existencia de obligación se ha de proveer lo necesario: la consignación para ello precisa».
Mientras, los opositores a bombero siguen acampados en la plaza de Botines, frente al Ayuntamiento, en busca de una solución.