Diario de León

Acaban a bofetadas en un bar después del Campeonato de Patrullas de Tiro

El Supremo condena a un sargento por romper los dientes a un cabo en El Ferral.

Miguel Ángel Zamora
León

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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo condenó a una pena de cuatro meses de cárcel a un sargento del Regimiento de Infantería Ligera «Soria» nº 9, con acuartelamiento en la localidad de Puerto del Rosario (Fuerteventura), como culpable de un delito de abuso de autoridad contra un cabo durante la celebración de un Campeonato Nacional de Patrullas de Tiro celebrado en el acuartelamiento de El Ferral del Bernesga.

El apartado de hechos probados de la sentencia relata que finalizadas las actividades deportivas y clausurado el acto, se celebró un vino oficial en las instalaciones militares.

Como quiera que el mesón del Acuartelamiento se encontraba cerrado, algunos de los participantes en el mencionado concurso decidieron desplazarse a un bar muy próximo a la puerta de acceso de la Base Militar. El ambiente dentro del bar «El Coto» se fue desarrollando durante aquella tarde en un progresivo ambiente «relajado y festivo» con un previsible y continuado consumo de bebidas alcohólicas por parte de todo el personal militar presente cuyo número pudo llegar a alcanzar en algún momento de la tarde las treinta personas.

Un cabo comenzó a tener una actitud de desprecio hacia los miembros de la patrulla de Fuerteventura «con desdén, displicencia e, incluso, burla». En un primer momento los mandos presentes prefirieron ignorar dicha actitud a la espera de que el propio cabo voluntariamente corrigiera su comportamiento.

Pero pasó a faltar al respeto al personal del RIL «Soria», con comportamientos tales como practicar el tuteo a los mandos superiores presentes y proferir en un tono de voz perfectamente audible frases del estilo: «Vosotros sois los retrasados de una hora menos», «sois unos pistolos» o «estáis aplatanaos», al tiempo que profería alguna expresión de carácter político como «¡Viva Carrillo!».

El sargento respondió entonces a las alusiones y agredió al cabo. Le provocó una contusión con hematoma periorbital izquierdo, herida incisa párpado superior izquierdo, pérdida parcial de incisivos centrales superiores y erosión nasal.

El estado anímico del personal implicado en los hechos se podría calificar «como de eufórico y levemente alterado por la ingesta de bebidas alcohólicas», aunque «no se ha llegado a probar el estado de embriaguez en dicho personal».

La sentencia a la que ha tenido acceso este periódico condena al sargento como autor responsable de un delito consumado de Abuso de Autoridad, a la pena de cuatro meses de prisión, con las accesorias de suspensión de cargo público y del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena principal, para cuyo cumplimiento le será de abono cualquier tiempo en que hubiera estado privado de libertad o padecido restricción de derechos por el mismo motivo.

En concepto de responsabilidad civil «ex delicto», el condenado indemnizará al cabo en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia «a cuyo momento se difiere su fijación con sujeción a las bases establecidas en el Fundamento Jurídico Séptimo de la Sentencia de instancia, sin que haya lugar a cualquier compensación civil», según destaca el Supremo.

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