Diario de León

El Supremo obliga a pagar el seguro y la cesta de Navidad a 290 prejubilados de Caja Duero

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León (Efe).

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El Tribunal Supremo ha desestimando un recurso de casación interpuesto por el Banco de Caja España-Duero (CEISS) frente a una sentencia de la Audiencia Nacional, que obligaba a la entidad a mantener el pago del seguro y la cesta de navidad a 290 prejubilados de la antigua Caja Duero.

 

Banco CEISS recurrió una sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que, a su vez, estimó un recurso interpuesto por UGT, al que luego se adhirieron CCOO y Unión Empleados de Ahorro, en el que reclamaban que se reconociera a estos trabajadores de la antigua Caja Duero el pago del seguro médico y la Cesta de Navidad, como aprobó el Consejo de Administración de esta caja en 2002.

 

En los antecedentes de hecho de la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se explica que UGT interpuso una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, en la que pedía que se reconociera en el Acuerdo Laboral de fusión de Caja España y Caja Duero, suscrito el 12 de mayo de 2010, a mantener el seguro médico colectivo, así como a la Cesta Navidad para el personal proveniente de Caja Duero.

 

La Audiencia Nacional estimó esta demanda de conflicto colectivo el 20 de marzo de 2012.

El Consejo de Administración de Caja Duero acordó el 25 de octubre de 2002 contratar un seguro de salud para el colectivo de empleados fijos de la Caja, Consejeros Generales, prejubilados y trabajadores así como consejeros de empresas participadas, en el que no se distinguió «de ninguna manera entre personal activo y prejubilados», según la sentencia.

 

En el Acuerdo Laboral de fusión entre Caja España y Duero se convino que la nueva entidad mantendría los mismos derechos de los prejubilados en las empresas de procedencia.

 

Los prejubilados, provenientes de Caja Duero, mantuvieron en la póliza médica y recibieron la cesta de Navidad en 2010; mientras que en 2011 el Consejo de Administración de la entidad decidió retirar el seguro médico y la cesta de Navidad a los prejubilados provenientes de Caja Duero.

 

El Tribunal Supremo justifica, en los fundamentos jurídicos, que no se puede romper ese acuerdo de forma unilateral. 

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